Voy a comprar una vivienda que ahora no está alquilada, pero hace 2 años si lo estaba. Si decido alquilarla, la renta ha de ser la que marca ahora el IGC o puede ser la que tuvo hace 2 años actualizada? Aunque como digo fue con el anterior propietario.
Según la Ley 11/2020, de medidas urgentes en materia de contención de rentas, en zonas tensionadas, la renta no puede exceder la mayor de las dos siguientes cantidades:
Como el inmueble fue alquilado en los últimos cinco años, deberás respetar la última renta del contrato anterior, actualizada con el IGC.
Gracias Keceme por tu respuesta. Entiendo que cuando dices ultima renta actualizada con el IGC, quieres decir IPC, correcto? Son cosas diferentes, o aplicas el límite del IGC o la renta ultimo contrato actualizada.
Mi duda es si al ser yo nuevo propietario puedo poner la renta del anterior contrato que tuvo la vivienda.