Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Ibi en terreno urbanizable sin desarrollar

4 Comentarios
 
01/05/2016 20:40
una finca recalificada como urbana se puede arrendar como rústica? es decir, sería el mismo contrato como si siguiera siendo rústica? gracias
11/04/2016 11:51
Por favor, me podría indicar donde puedo ver el artículo.
Gracias.
10/04/2016 13:36
Hola, hoy 10/04/2016 acabo de publicar un mensaje relacionado con los de ustedes.
Échenle un vistazo.
Suerte.
14/03/2016 21:43
Hola! Mi caso es parecido. Nosotros tenemos un terreno urbano no consolidado, el problema es que nos están cobrando un recibo de IBI como si fuese urbano. Y a hemos hecho varias reclamaciones a catastro, pero nos desestiman todo. el terreno tiene uno 1500 metros( incluso son menos metros, llamamos a un topógrafo que midió el terreno, lo enviamos a catastro y también lo desestimaron) y el primer recibo fue de 400 y pico euros y va subiendo a razón de unos 300€ por año el ultimo fue de unos 1100€. Creo que es excesivo, pues hasta que no se desarrolle un plan parcial no se puede construir nada, además la valoración que le han hecho es de casi 270.00€, cuando en realidad no vale ni la mitad. Por favor alguien nos podría ayudar o orientarnos los pasos que debemos seguir, si tiene solución. Muchas gracias
Ibi en terreno urbanizable sin desarrollar
26/03/2014 00:06
Hola a todos: hace tiempo que no entro por estos foros y me gustaría haber si alguien me puede aclarar sobre este tema: Tengo alguna finca en terrenos urbanizables . Estas recalificaciones se hicieron en 2005, fecha de la aprobación de las normas urbanísticas de mi Ayto. En dicha recalificación de estos terrenos y en las fichas de los diferentes sectores, en el apartado PLAZOS, pone " maximo 6 años para la urbanización y 8 para la edificación".Esto en terreno urbano no consolidado y en urbanizable delimitado con ordenación detallada. Pero en ambos también pone que podrá modificarse conforme al Art. 171 RU/CYL. Han pasado mas de los 8 años de plazo y no se ha hecho nada, no se ha urbanizado. ¿ Que se puede hacer para pagar como rústico?. ¿ Que significa eso de que se puede modificar según el Art. 171?. Gracias.