En contrato de alquilir de vivienda, donde se recoge expresamente que el Impuesto sobre Bienes Inmuebles corre a cargo del arrendatario, es de obligado cumplimento para el arrendatario o se puede anular por no haber puesto el arrendador en el contrato el importe anual de dicho gasto a la fecha del mismo.
Es obligado para el arrendatario.
No tiene que poner el importe. Es públicamente conocido y varia cada año.
Ademas puedo preguntarlo en el momento de la firma del contrato
No estoy yo muy seguro, por la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 20.1 dice:
"Para su validez, este pacto deberá contar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato"