No estoy yo muy seguro, por la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 20.1 dice:
"Para su validez, este pacto deberá contar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato"
Es obligado para el arrendatario.
No tiene que poner el importe. Es públicamente conocido y varia cada año.
Ademas puedo preguntarlo en el momento de la firma del contrato
En contrato de alquilir de vivienda, donde se recoge expresamente que el Impuesto sobre Bienes Inmuebles corre a cargo del arrendatario, es de obligado cumplimento para el arrendatario o se puede anular por no haber puesto el arrendador en el contrato el importe anual de dicho gasto a la fecha del mismo.