A ver,a un amigo mío le sucedió la siguiente historia:
Quedó huérfano de madre a los 5 años,en el año 1983,al cabo de unos años ( no sé cuantos,pero creo que no mucho más tarde ),falleció su abuela materna la cual tenía 3 hijos que aún viven.Ni a mi amigo (que todavía era menor),ni a su hermana mayor ni a su padre como representante legal les llamaron para heredar nada,y además no tenían relación con la familia materna,con lo cual apenas se enteraron de nada.
Un poco más tarde el padre de mi amigo también falleció,cuando él contaba con tan solo 16 años,pero al cumplir 18 años tampoco le llamó nadie para heredar nada.
Pues bien,ahora resulta que a sus 33 años,ha vuelto a ver a algunos de sus tíos o primos maternos,se ha enterado que su abuela materna tenía una casa en el pueblo y un piso en la ciudad,y un día va y se le ocurre preguntar," oye, ¿mi abuela cuando falleció no tenía nada,ni 20.000 pesetas en la cartilla ?,y le contestaron "no,no tenía nada,lo vendió todo para enviar a un hijo a estudiar a Madrid ".
Y claro,todo eso le sonó raro,no sé que estudiaría su tío en Madrid,pero vamos,como para que te cueste una casa y un piso y dejes a los demás hijos sin nada,suena un poco excesivo, ¿no?.
Entonces mi amigo desde ese día no para de comerse la cabeza, solo el hecho de pensar que se vio sin madre y sin padre a los 16 años,que no tenía nada,que en su día le hubiese venido muy bien ese dinero porque no tenía absolutamente nada,y pensar que sus tíos fuesen capaces de hacer alguna movida para dejarle a él y a su hermana sin herencia,pues claro,le reconcome.
Entonces, ¿ aún puede reclamar ? ,¿son 30 años el plazo ?,y para pedir responsabilidades por algún tipo de estafa ?, cuando prescribe?, por donde puede comenzar?.
Un detalle,sus medios económicos son bastante limitados,así que el tema de buscar un abogado que no sea de oficio lo tendrá mal.
Bueno,perdonad por el rollo,a ver si podéis dar alguna opinión o idea.Gracias mil.
Creo recordar que esta pregunta ya fue respondida......
Intenta buscar el hilo con el buscador.
¿Hay testamentos?
¿De qué parte de España hablamos?
En todo caso, que se presente en el colegio de abogados, con toda la documentación que pueda encontrar, y pida el beneficio de la asistencia jurídica gratuita. Si no tiene medios se la darán. Y todo eso hoy mejor que mañana, que el plazo son 30 añitos.
Hola,gracias por contestar,no esta pregunta no fue contestada anteriormente,es el mismo hilo,pero lo volví a subir.
Lo de la justicia gratuita ya está claro,la va a solicitar porque sí cumple los requisitos.Con respecto a aportar documentación,ese es el problema,él no tiene nada de eso,y la familia materna con la que no ha tenido relación desde que era un niño de 5 años,(exceptuando algún encuentro fortuito por la ciudad,que no pasa de un "hola qué tal"),no cree le faciliten ninguna documentación.
Estamos hablando de Valencia,así que si no me equivoco en aquella época estaríamos hablando de derecho Civil común,esto sucedió hace unos 25 años aproximadamente.
Lo malo es que no sabe ni por donde empezar para ir adelantando antes de que le contesten a lo del abogado de oficio, ¿debería pedir certificado de defunción de su madre,y de su abuela materna?...
¿qué posibilidades creeis que podría tener si se demuestra que había 2 propiedades y que a él no le llamaron para heredar?.
Gracias de antemano por vuestras opiniones.
Hola, forer@s, subo este post para comentar novedades al respecto de la historia de mi amigo y así conocer vuestras opiniones.
Mi amigo todavía no dispone de abogado,cuando decida meterse en materia,quiere hacerlo bien,si es que puede o tiene alguna posibilidad de prosperar su reclamación,lo que sí podrá es al menos quedarse tranquilo al saber lo que sucedió.
Os cuento:
-Cuando la abuela materna ya estaba en sus últimos días,un año aproximadamente antes de fallecer,los tres hermanos vivos,o sea los tres tíos de mi amigo hicieron lo siguiente,vendieron las dos propiedades de su madre y se repartieron el dinero en tres partes iguales,sin contar con la parte de su hermana fallecida que hubiese correspondido a los hijos de esta (mi amigo y su hermana), que como ya dije en aquel entonces eran menores de edad,así que a la muerte de su abuela no había nada,ni propiedades,ni dinero,ni testamento.
Es muy obvio que esto lo hicieron obrando de mala fe,con la clara intención de perjudicar a unos herederos legítimos.
Ahora bien, ¿ existe alguna mínima posibilidad de que una demanda de este tipo prosperase con éxito?,¿es posible que hiciesen algo tan descarado y se vayan de rositas?.
Prosperará, pero tienes que documentarlo. Para empezar yo iría al Registro de la Propiedad, y obtendría Certificación Literal (donde te aparece el historico) de cada una de las dos propiedades. Si pedís Notas Simples, solo te da la situación actual. A ver que consta, sobre la forma de pago. Como primer paso, tendríais el nombre de los compradores, con lo cual, siempre podeis hablar con ellos.
Necesitais la/s cta/s cte/s de vuestra abuela. En el pueblo es mas facil: preguntando en los Bcos/Cajas que haya. Demostrando ser nieto, se lo tienen que dar, con toda la documentación que os ha dicho Lsd2, de la abuela y de la madre de tu amigo. A lo mejor con eso ya tirais de la cta. en la ciudad, ya que lo mas probable es que no trabajara con dos Entidades distintas.
Cuando tengais los resultados, volved a preguntar que os seguiremos guiando.
Es una lastima que todo por el p.. dinero no se respete ni a los menores.
hola, a mi por suerte o por desgracias me pasa lo mismo que tu amigo. mi problema es que abuelo fallecio hace un año y que digamos llevaba unos dos años sin tener contacto con ellos pq un dia no me abrieron la puerta de la casa cuando ellos estaban dentro. ahora me entere qu mi abuela esta encerrada en un centro de mayores. y el miedo que tengo es que los primos de mi abuela y tios son directores de un banco y que no hayan hecho algo parecido. la esperanza q tengo es que mi abuelo tiene un testamento que un año mas tarde al fallecer mi padre lo renovo. estoy esperando la respuesta del notario, con la esperanza q nol me pace lo mismo que tu amigo. saludos a todos
30 años es el plazo de prescripción de qué exactamente? ... A mí me reclaman el coste de casi 30 años de gastos de "mantenimiento" de un pìso cuya propiedad al 50% he aceptado en herencia hace dos años ... el otro copropietario afirma que ha estado esos 30 años abonando solo (sin coparticipación al 50%) dichos gastos, y que no ha usado el piso para nada, ni para habitarlo, ni para veranearlo, ni para alquilarlo o prestarlo , a pesar de que esta propiedad está en la misma comunidad que él habita ... yo no he tenido acceso (llaves) al piso ni lo he disfrutado. ¿Qué plazos legales operan aquí ... ?
Gracias por vuestras respuestas.Difícil tarea,pues de una de las dos propiedades no sabe ni la dirección,y su "familia" es hermética a este respecto.
Él tenía 5 años,y claro no se acuerda de la dirección exacta.
Y lo de las cuentas bancarias,habiendo pasado tanto tiempo...uff,como no vaya preguntando banco por banco .