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Hijos que son herederos universales y legatarios

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Hijos que son herederos universales y legatarios
26/01/2021 09:23
Buenos días, mi abuela murió e instituyó en su testamento como heredero universal a mi tío y como legataria a mi madre cuando en realidad ambos son hijos de mi abuela igualmente y supuestamente herederos por que no ha desherado a mi madre ni nada, no entiendo si se puede hacer eso.
Pensaba que los dos serían herederos forzosos o herederos, estas instituciones afectan a la herencia de algún modo? Tiene más poder mi tío que mi madre por ser instituido como heredero universal sobre el testamento y sobre el capital que no está especificado en el testamento? Mi madre debería aceptar los legados aunque esté de acuerdo con ellos o es mejor reclamar que el testamento es nulo por que ella realmente tiene derecho a ser heredera universal como mi tío y no legataria? Mi abuela ha puesto una clausula que si alguien impugna el testamento esa persona se quedaria con la legitima solamente? esa clausula es legal? y aunque el testamento esté infrigiendo los derechos sucesorios de alguno de los hijos?
Mi tío se ha estado aprovechando durante años del capital de mi abuela, y la verdad es que finalmente en el testamento en el capital que le quedaba a mi abuela le ha dejado un poco más a mi madre que a mi tío, si mi tío protesta porque no le alcanza para la legitima en base a lo que quedó en el testamento y le reclama capital o dinero a mi madre... por esto mi madre también podría alegar con pruebas que él durante años se ha aprovechado de todo el capital?
Me gustaría que me las contestasen a todas las preguntas, por favor. Y perdonen las molestias si son muchas preguntas y darles muchas gracias por el gran servicio que hacen.
26/01/2021 10:27
Ese testamento es completamente válido, no quebranta ningún derecho sucesorio de nadie y además hay que ejecutarlo respetando absolutamente la voluntad de su abuela. El heredero forzoso tiene derecho a una porción legítima, que en el caso de descendientes es de un tercio de todo el capital, si concurre con otros descendientes, como es el caso. Su madre por tanto tiene garantizado el 16,5% de la herencia y nada más, pues la ley permite darle a su tío los otros dos tercios de la herencia, más la mitad del tercio legítimo. Por lo tanto, si los legados hechos a su madre rebasan ese 16,5%, su abuela cumplió con la voluntad de la ley. De ninguna de las maneras todos los hijos tienen derecho a exigir la misma cuota de propiedad en testamento (aunque sí en herencias intestadas) y es legal y frecuente la cláusula en la que se remite a la legítima estricta a aquél heredero que impugne el testamento. En cuanto a que su tío se aprovechase del capital de su abuela, y estando viva esta, el asunto no entra en la cuestión hereditaria, pues se trata del caudal que había el día de la muerte de su abuela, y no antes.