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herencias

5 Comentarios
 
13/01/2009 19:28
Hola de nuevo, ayer al final se quedó una duda sin resolver, Los gastos que se hacen dentro del matrimonio ¿pasan a ser privativos de la pareja o el heredero legítimo podría obtener un tercio del valor después de esas reformas? La verdad es que antes de invertir ese dinero me gustaría asegurarme.
12/01/2009 19:41
Gracias , es como me imaginaba. El caso es que vamos a hacer una reforma en el piso que va a salir en un pico y yo voy a hacerme cargo de ese gasto. La duda es, en caso de fallecimiento el valor del piso( con respecto a esa parte legítima) es el que tenía antes del matrimonio o después, porque las reformas que vamos a realizar incrementaran su valor, se van a poner muebles nuevos, reformar cuartos de baño, etc. Debo parecer terrible hablando de esto, pero como las cosas con su familia no son como debieran, antes de salir de casa o soltar un duro quiero tener las cosas muy claras. Gracias
12/01/2009 19:25
Si, si se aplica derecho civil común, hay un tercio de la herencia que es de libre disposición y que se puede dejar a quien se quiera habiendo herederos forzosos. No habiéndolos puede dejarles lo que quiera.
Un saludo.
12/01/2009 19:18
Y si él hace testamento, puede incluir también a la niña aunque no sea su hija? Sé que soy muy alarmista, pero me imagino a la niña llegando a casa después de enterrarnos y encontrándose al sobrino de mi marido como heredero legal de la vivienda. Si yo fuera usufructuaria, podría ella heredar el usufructo. No sé si el las capitulaciones matrimoniales se puede especificar que en caso de ruptura, la vivienda es de él y yo me voy sin más, cosa que veo obvia, y en cambio en el testamento puede favorecernos a nosotras que realmente es con quien comparte su viva. Gracias.
12/01/2009 19:09
Segmet, su estupenda pareja no tiene ningún vinculo legal con su hija, y por tanto, no tiene obligación con la misma. Claro que podrán echarlas a ambas llegado el caso, y si faltan los dos, salvo que la niña figure expresamente en el testamento, tampoco tendrá derecho a quedarse.
Ahora que hay mucho amor y todo el mundo es razonable, le diré que en caso de separación, Vd. abandona la vivienda que no le pertenece con su hija y solucionado el asunto (es lo justo). En caso de separación no amistosa, si el piso ya está pagado antes del matrimonio que contraigan, la vivienda es de su esposo, su hija no tendrá derecho alguno a que se le atribuya el uso y disfrute de la vivienda al no ser hija de su esposo y en cuanto a Vd. dependerá (si no se modifica para entonces la ley) de la situación de cada uno de Vds. pero en cualquier caso, entiendo que el uso y atribución sería temporal para no privar de su propiedad al legítimo propietario.
Para evitarse problemas... continúen de alquiler o si las cosas no terminan bien (espero que no sea así), haga lo correcto y abandone Vd. la vivienda que no es de su propiedad.
Sus herederos legales, serán los que la ley determine dependiendo de si se le aplica el régimen del código civil o derecho foral (catalán, aragonés, etc.). Si hay régimen común, a falta de padres e hijos, él puede dejar sus propiedades a quien considere oportuno, por tanto, que haga testamento con lo que decida y se termina el problema.
Un saludo.
Herencias
12/01/2009 18:30
Hola a todos, soy una mujer divorciada que tiene una niña de 8 años. Desde hace 5 años convivo en mi piso de alquiler con un hombre estupendo. Hace poco me ha pedido que nos casemos y nos vayamos a vivir a su piso (en propiedad) y a mi me da mucho miedo porque su familia no nos quiere (a mi hija y a mi) y él no puede tener niños por lo que sus herederos legales serán sus familiares. Me asusta que si pasa algo malo, nos puedan echar de la casa, o incluso que si nos pasa a ambos echen a mi hija. Lo de la legítima me parece injusto en muchos casos, ¿cómo se puede solucionar de manera que en caso de separación él no tenga problemas con su piso ya que es una propiedad anterior al matrimonio? Gracias