1) No es que "pasen automáticamente" a ellos, sino que son los llamados a heredar. El cónyuge viudo tiene el usufructo universal de todos los bienes.
2) Como se ha dicho antes, no hay "herencia automática" sino que se tiene derecho a ella pero hay que aceptarla o no. Si se acepta la herencia, es tanto para los bienes y derechos como para las deudas y obligaciones.
1) En Cataluña, cuando muere el padre o la madre en una família, los bienes pasan automaticamente a los hijos, en caso de no haber testamento? Recibe el conyuge alguna herencia automatica?.
2)Si existen responsabilidades civiles economicas, de profesion, por parte del conyuge difunto, repercuten estas tambien en los hijos o el conyuge?. En caso afirmativo, al cabo de cuanto tiempo prescriben?.
3) Si se hace testamento, se puede hacer constar que esas responsabilidades civiles no repercutan en ninguno de los herederos?