Buenos días.El día 1 de enero ha fallecido mi padre.Yo tengo interpuestos 3 casos con abogado de oficio:2 contra Caja España por Cláusula suelo y por gastos de hipoteca;y uno contra mi ex-marido por impago de cuotas de hipoteca y gastos extraordinarios de nuestra hija.
Cuando se me otorgue la escritura pública de partición de la herencia,¿tengo que ponerlo en conocimiento de dichos abogados?
¿A partir de ahí se me quita el derecho a abogado de oficio?
¿Podría cerrar los casos?¿Es recomendable o posible hacerlo?
¿Se me cobrarían los gastos de abogado y procurador aunque quisiera cerrar los casos?
Gracias.