Buenos días, ´paso a describir mi inquietud. Si le hago un préstamo sin intereses a mi hija y fallece esta, dejando esposo y un hijo menor siendo el caso de que el esposo por si solo no puede devolver el préstamo y este préstamo iría solamente a nombre de mi hija, quisiera saber si hay algún tipo de contrato que pueda realizar para evitar que no se pierda dicho préstamo. El préstamo es para la compra de un inmueble con carácter familiar
Estos términos que indican se pueden reflejar perfectamente en un contrato.
Y si tanto le preocupa, le aconsejaría elevarlo a escritura pública ante notario.
Saludos.
Es un simple préstamo personal, que firme tu hija y que comuniques a hacienda (no hay que pagar), como cualquier otro préstamo.
Si falleciera tu hija tras darle el préstamo, el heredero presumiblemente será tu nieta (y quizá el marido si hace testamento), y junto con la propiedad herederá la deuda. Podrían renunciar a la herencia, si no les interesara, y en ese caso te podrías cobrar tú como acreedor, de la herencia, o bien heredar tú porque eres el siguiente a quien se asignaría, como ascendiente, si renunciaran cónyuge e hijos. En ese caso la deuda la tendrías contigo mismo por lo que se cancelaría, y te quedarías con esa vivienda.