Estoy de acuerdo con la última opinión, la indemnización no forma parte de la herencia del causante y, en consecuencia, no procede hacer su adjudicación conforme a las normas sucesorias. Cuando se ha admitido la negligencia médica y ello ha dado lugar a la reparación de los daños- indemnización- ya se tiene que haber establecido el montante a que asciende y si no se está de acuerdo, eso sería objeto de otro procedimiento. En otras palabras, lo que haya recibido su madre, es de su exclusiva propiedad. Un saludo.
Motta, no creo que sea tal y como comentas ya que la indemnización no entra dentro de la herencia y se otorgan directamente a los familiares en función al baremo 2012 y éste indica lo que le corresponde al cónyuge, a cada hijo y a otros familiares dependientes del fallecido.
Habría que conocer más detalles, pues, dependiendo de cómo se hubiera establecido se entendería que se reparte en la misma proporción (como le indicaba anteriormente) o de otra manera (pues, realmente, no habría lledgado a ser patrimonio del fallecido).
de momento no se ha repartido nada, solo poseia una cuenta en el banco, de la cual la mitad del dinero fue para mi madre, porque eran bienes gananciales, el resto no se ha repartido, pero no se si a mi madre tambien le corresponde la mitad de esta indemnizacion o si es para los hijos solamente o si es para los hijos y para ella a partes iguales. gracias
Hace unos meses murio mi padre, su fallecimiento se debio a una negligencia medica, y mi a madre (estaban casados en gananciales) le han aprobado una indemnizacion, me gustaria saber que porcentaje es para ella y cual para los hijos (somos tres hermanos). Muchas gracias