Muy buenas,
Tengo una duda sobre cómo es el reparto dell dinero de las cuentas de la fallecida.
La cuestión es la siguiente:
¿Dos herederas universales tienen derecho al 100% de unas cuentas, cotituladas por la fallecida y otra persona, o solo al 50%?
La antigüedad de la cotitularidad de las cuentas es de 10 años.
El cotitular no es uno de los herederos universales, pero ha cotizado por las cuentas durante los últimos 8 años.