Buenos días a todos,
Mi padre tiene una hermana. Sus padres han fallecido y en el testamento pone que su padre repartió a partes iguales y su madre le ha dejado la legítima.
¿Qué % del piso le ha quedado a mi padre a la hora de abonar los gastos y de cobrar el dinero por la venta del piso?
Os agradecería que si alguien conoce la respuesta contestara rápido, ya que no tenemos ni idea del tema y no queremos meter la pata.
Muchas gracias de antemano y un cordial saludo,
Y por que es tan urgente? Pues no queda na! Habeis pedido los certificados de ultimas voluntades? Pues ahora os toca pedir los recibos del IBI de la fecha cuando murio cada uno, nota simple, escrituras, certificados de deudas y saldos de cuentas bancarias... luego a valorarlo todo, hacer la disolucion de gananciales a la fecha de muerte del padre (si estaban en gananciales) y la adjudicacion de la herencia de este, y luego calcularlo todo otra vez a fecha de la muerte de la madre, hacer las sumas y las divisiones, comprar un modelo 650 en Hacienda (o el que toque), rellenarlo, ver lo que sale a pagar a cada uno, pagarlo, llevar la escritura a registro, esperar a que registren, y entonces se pone la casa a la venta, a ver lo que ofrece la gente.
Para empezar podeis ir a ver a un Notario o a un abogado para ir preparando el papeleo.
-¿Cuando te refieres a legítima, puedes concretar más? Supongo que se refiere a la legítima estricta, pero por si acaso, ¿puedes transcribir la clausula del testamento literalmente?
El papeleo en principio está. La muerte de sus padres ya se produjo hace años y apareció un comprador por aproximadamente 81.000 €.
El tema es que nos presentan un desglose de gastos y, según ellos, del 50% de la parte del padre es un 25% para cada hermano y de la parte de la madre tan solo un 8,33%.
Sin embargo, otra abogada con el testamento en la mano nos dijo que del 50% de la madre era un 16,66% para mi padre y un 33,33% para mi tía.
¿Esta diferencia de donde viene?
Muchas gracias por las respuestas tan rápidas.
ls2 estamos hablando de Asturias y el piso es lo único que queda por repartir. No puedo transcribirte la clausula exacta porque no lo tengo conmigo, lo siento.
A tu padre le que daría de la parte de su padre del piso una cuarta parte.
De su madre la quedaría, la legitima compartida con su hermana.
Que equivale a una sexta de la mitad del piso.
En difinitiva le. Corresponde un medio de la mitad del piso mas un sexto de la otra mitad.
Osea le corresponde dos sextas parte del piso a tu padre.
Pero ojo, eso siempre que sea la legítima estricta.... que es 1/3 dividido entre tantos hijos haya.
La legítima amplia es de 2/3 (el primer tercio de legítima estricta, el segundo tercio de mejora). Por eso te preguntaba que es exactamente lo que dice el testamento.
Lo normal es que fuere sólo la legítima estricta, pero cabe la posibilidad de que fuese más (y en ese caso sí que sería 1/3 para cada uno).
Ahhh, de acuerdo.
Entonces, en resumen:
Legítima estricta: se llevaría 1/6 de la madre la mitad del padre = 1/3 del piso.
Legítima amplia: se llevaría 1/3 de la madre la mitad del padre: 41,66% del piso
Muchas gracias a los que me estáis contestando, ¡sois unos fenómenos! Me encantaría dominar estos conceptos legales... pero me metí a economista :D