entiendo que si hereda ,heredará todo y si no hereda no heredará nada.
y ademas entiendo que un incapaz es tá perfectamente capacitado para heredar, otra cosa será que su tutor se haga cargo de la administracion los bienes, pero no de la titularidad.
Porque tu padre esté incapacitado no se le puede "penalizar" dejandole sin sus derechos. Y la legitima estricta, no se puede privar a nadie de ella. Es lo mismo que en el caso de los menores. Para su administración está el tutor, pero la propiedad será de tu padre.
Tienes dos temas diferenciados, uno es la herencia de vuestro abuelo, y otro es el de las obligaciones del tutor.
En cuanto a la herencia de tu abuelo, entiendo que se cumple la condición de pasar directamente a los nietos, ya que cuando falleció, su hijo, ya estaba incapacitado. Os corresponderían 2/3 (el de mejora y el de libre disposición) a partes iguales a todos los nietos, y la legitima estricta (1/3) quedaría para vuestro padre.
En cuanto a la figura del tutor, no significa ni remotamente que pueda tomar posesión de los bienes del tutelado. Tiene que cuidar de la administración de los mismos, rindiendo cuentas un mínimo de una vez al año, y podría incluso responder con sus propios bienes.
Cuando falte vuestro padre, sus propiedades (que no ha podido, bajo ningún concepto tomar posesión el hijo tutor) pasarán a todos vosotros a partes iguales. O en caso de que vuestro padre hubiera hecho testamento antes de su incapacitación, según disposición testamentaria.
Tal vez os interese que un abogado hable directamente con vuestro hermano.
No ha heredado antes de declararse incapaz, lo que ocurre es que mi hermano el tutor opina que esa herencia es solo para el por ser el tutor y como el testamento tiene una clausula que dice que en caso de premorencia o incapacidad pasan a los decendientes pienso que tendriamos que heredar todos sus hijos
Si tu padre heredó antes de ser declarado incapaz, no creo que prospere vuestra reclamación.
Si ha herederado de su padre, tu abuelo, ya estando incapacitado, entiendo que os correspondería el tercio de mejora y el de libre disposición, quedando la legitima estricta a nombre de vuestro padre.
Tu padre es el heredero y como tal aunque esté incapacitado tiene derecho a su herencia. Cuando ocurra el hecho que le haga heredar teneis que pedirselo al juez para aceptar la herencia en su nombre. Lo que no entiendo es quien dice que no os va a dar nada?
buenos dias,quisiera que me informaran sobre una cuestion del testamento de mi abuelo.Cuando murio dejo de herederos a sus hijos con una clausa en la que ponia que en caso de incapacidad o premorencia la herencia pasaria a sus descendientes.Somos tres hermanos, mi hermano el mayor tiene la tutoria de mi padre(que es el heredero incapaz de mi abuelo, mi padre tiene un alzheimer y mi madre esta divorciada)y dice que la herencia es exclusiva de mi padre y que no nos va dar nada¿puede hacerlo?Mi padre tiene una pension alta y dos pisos en propiedad.muchisimas gracias de antemano