Mi cliente ha recibido una cédula de citación para ser oído sobre los herederos del ejecutado (su padre y ya fallecido. Se dice que la incomparecencia no suspenderá el acto y se resolverá lo procedente.
Nos interesa que no acuda, ¿sabéis que consecuencias tendría la incomparecencia? Ella no es demandada, sino su padre ya fallecido.