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Herencia

1 Comentarios
 
Herencia
23/06/2003 12:15
Pueden explicarme ¿Qué es la herencia yacente?
23/06/2003 18:54
La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte (art. 659 C.c.) y se transmiten desde el momento de su muerte (art. 657).

Por otra parte, la sucesión de una persona se abre justamente en el momento de su muerte, en el cual su patrimonio se transmuta en herencia yacente,que no es sino aquel patrimonio relicto mientras se mantiene interinamente sin titular que, como se ha dicho, carece de personalidad jurídica, sin perjuicio de la consideración y tratamiento unitario que se le da para determinados fines, siendo su destino el ser adquirido por los herederos voluntarios o legales.

En definitiva, en tanto no es aceptada la herencia por los herederos se considera yacente.