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herencia

4 Comentarios
 
07/11/2011 14:50
Ecco la "prueba en contrario". Si no se prueba de donde viene el dinero, se presume que es 50/50. El Notario no puede hacer nada hasta que os pongais de acuerdo. Si no quereis que el co-titular se lleve el 50% tendreis que probar que el origen del dinero era unicamente la fallecida (pensiones, intereses etc.)
Para evitar que ocurra esto se suele unicamente autorizar la firma de otra persona, no ponerla como co-titular. El sobrino puede agarrarse a esto.
07/11/2011 14:39
No estoy de acuerdo con Tripoli porque en éstos casos, la jurisprudencia tiene declarado que el simple hecho de aparecer como cotitular en una cuenta bancaria no atribuye a cada uno de sus titulares la mitad del saldo existente. Hay que acreditar el origen del dinero.-
07/11/2011 14:15
Muchas gracias por la respuesta.

Un saludo
07/11/2011 14:12
Cuando una cuenta es de titularidad compartida la Ley "presume" que cada cotitular es propietario del 50% de lo que haya en la misma, salvo prueba en contrario.
Respecto a los plazos de la Notaría, deberías preguntarles el motivo de la tardanza.
Herencia
07/11/2011 14:07
Hola. Mi pareja tiene un problema con una herencia de su tía.
Paso a describir el asunto de la forma más clara y concisa posible.

1.La fallecida era soltera y sin hijos. Tenía, como posesiones, una casa, acciones por valor de 65.000€, fondos de inversión por valor de 20.000€ y una cuenta corriente con un saldo de 65.000€. En dicha cuenta corriente había puesto como co-titular a uno de sus sobrinos, con el fin de ayudarla en los movimientos que debería hacer (vivía en un pueblo muy pequeño y llevaba años con mala salud).
2 En el testamento nombra herederos a los 8 sobrinos que tiene.
2a El dinero, acciones y fondos a repartir entre los 8.
2bLa casa para su sobrina mayor (forma parte de los 8 indicados en el punto anterior).
3 El co-titular de la cuenta quiere el 50% de lo habido en dicha cuenta, además de la 8ª parte del resto.
4 La Notaría que esta conociendo este asunto, lleva 4 meses con la documentación sin que se haya resuelto nada a día de hoy. El fallecimiento se produjo el 21 de junio del presente año, pero la documentación se entregó en la última semana de julio.

Mis dudas son las siguientes:
1 ¿Puede el co-titular apropiarse de es 50% o debe respetarse la voluntad expresa de la fallecida?.
2 Al margen de los 6 meses que se dispone para tributara a Hacienda. ¿Tienen las notarias unos plazos para cerrar un asunto como ste?. Lo digo por el exceso (a mi parecer) de tiempo que llevan con este asunto.


Muchas gracias por la ayuda que podais facliitarme.

Un saludo