¿Me puede explicar alguien qué tanto por ciento significa tener de una herencia el tercio de libre disposición así como el tercio de mejora? ¿ Es el 66 %? Muchísimas gracias.
Efectivamente, es el 66% de la herencia. La herencia se divide en tres partes: legítima estricta, tercio de mejora, y tercio de libre disposición. Las dos primeros tercios forman lo que se denomina la legítima larga, 66% de la herencia, que ha de corresponder a los legítimarios (descendientes y en su defecto ascendientes). La legítima corta se divide entre los ligítimarios a partes iguales y el tercio de mejora se puede dejar a uno de los legitimarios o a varios, mejorándolo respecto a los demás. El tercio de libre disposición no queda afecto por lo que se puede dejar a quien se quiera. Lo que no entiendo es como se puede tener de una herencia el tercio de libre disposición y el tercio de mejora puesto que éste tercio forma parte de la legítima y para que legítimamente le pueda tocar a alguien ese alguien debe ser legitimario por lo que también tendrá parte en la legítima corta, con lo cual ya le corresponde más del 66% de la herencia, si le otorgan tercio de mejora y tercio de libre disposición, a lo que hay que añadir lo que le corresponda de la división entre legitimarios de la legítima corta.
Sí a mi también me parece que si tiene mejora ha de tener una parte en la legítima corta y por ello debería tener más del 66%, ya que le correspondería el 66% más lo que le corresponda de la legítima estricta o legítima corta
Muchas gracias por contestar. Por lo que entiendo, mi madre tiene el 66% y, como son cuatro hermanos, tiene también el 25% de la legítima estricta. Os lo agradezco.