Buenos días, haber si alguien me puede sacar de unas dudas.
Hize un testamento, en el quería poner que mi seguro de vida, plan de pensiones y plan de jubilación que se lo dejaba a mi cónyuge, el notario me dijo que no hacía falta porque eso no entraba en la masa hereditaria del fallecido.
Que lo que tenía que hacer era en el seguro y en el plan de pensiones pusiese a mi cónyuge como beneficiaria.
En el banco me dijeron que los planes de pensiones y seguros de vida entraban en la masa hereditaria y entraba en el impuesto de sucesiones.
Alguien me lo puede aclarar?, que especifica la ley?
GRACIAS
Seguro de vida y plan de pensiones son contratos privados que te dan la posibilidad (obligatoria) de designar a quién le corresponden. Por eso no es necesario mencionarlos en el testamento: porque el beneficiario del seguro de vida y del plan de pensiones los designas tú por separado, y puede ser cualquiera, no se considera para calcular las legítimas por ejemplo.
Ahora, cuando llegue el momento, Hacienda somos todos y quien reciba el dinero del seguro o el plan de pensiones, como lo recibe por causa de muerte, pues a pagar impuesto de sucesiones!
Entonces entiendo, que por ejemplo si pongo como beneficiario a mi conyuge, los hjos no pueden reclamar el dinero del seguro de vida y plan de pensiones ¿verdad?
gracias