ahora el problema me surge porque al saber de todo este lio hace 7 dias como quien dice , resulta que no puedo presentarme en el juzgado porque no dispongo de medios economicos para poder afrontar el juicio en caso de perder segun me informa el abogado tendria que pagar las costas del juicio y no tenemos dinero para ello
El plazo acaba el dia 1-9 por aquello del dia de gracia , pero no podremos presentarnos al juicio
que puedo hacer para no perder el piso
El coste no te lo puedo decir, pues eso es totalmente diferente de una zona a otra, de un aboado a otro, de lo largo que sea el proceso, de las complicaciones, etc.....
YA
Pero pudiera ser que la herencia la reclame solo uno de los primos , en este caso mi padres y sus hermanos y no sus primos?
Que coste tendria todo este proceso?
Entiendo que sólo los primos de la señora que en el momento de su muerte estuvieran vivos pueden reclamar. O sea, que si su abuela eran 5 hermanos, pero sólo había 2 vivos en el momento de la muerte de la causante, sólo esos 2 pueden reclamar algo. Y sus hijos, en caso de que luego muriesen.
el caso es que mi abuela que era la prima de esta señora eran 5 hermanos de los cuales en el 1983 cuando murio esta señora solo vivian ella y un hermano suyo el resto de sus hermano/as habian muerto , en aquel momento ni mi abuela ni sus hermanos ejercieron el derecho de heredar ¿podria ahora mi padre ajercerlo? mi padre y los primos de sus tios que estuvieran vivos en el 1983 cuando fallecio esta señora?. La posible herencia es de un piso valorado en unos 300.000€ y un 1.000.000 francos de al año 1983 que segun hemos sabido tenia en Francia pues aunque la mujer era española y vivia aqui jubilada en España cuando murio ese dinero parece ser que lo tenia alli porque trabajo alli. El piso ademas esta en un procedimiento de usucapion iniciado por una vecina que se lo quiere quedar, todo este follon sale a la luz tras el fallecimiento de una prima de la dueña del piso la cual antes de morir cuenta la existencia de esta señora que hasta entonces desconociamos. cuanto costaria el pleito para recuperar la herencia
serían los primos a no ser que la señora tuviese algún ascendiente o después un tío vivo y si no hubiere hecho testamento.
En el caso de que al final los primos fuesen los herederos, entiendo que tu padre tiene derecho a ejercer el derecho de tu abuela, en conjunto con los demás hermanos. El plazo aún no ha prescrito, pues es de 30 años.
Lo que no sé es si merecerá la pena, pues a no ser que la herencia sea muy grande, o haya muy poquitos posibles herederos, la cantidad va a ser ínfima, y los gastos quizás superiores.
Una prima hermana de mi abuela fallece sin hijos ni marido ni hermanos (estaba soltera) hace 27 años , siendo la heredera en el año de su fallecimiento 1983 mi abuela y sus hermanos y hermanas y sus primos correcto? Bien mi abuela que tuvo 5 hijos nunca ejercio el derecho a heredar ,
podria mi padre ejercer dicho derecho en su nombre
Mi abuela no dejo testamento
Mi abuela nunca conoce de esta posible herencia consistente