Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Herencia

0 Comentarios
 
Herencia
29/11/2009 23:08
Jaime Rodríguez es farmacéutico y titular de una farmacia situada en Ávila. En 1999 se produce el fallecimiento de su padre, también farmacéutico y titular de otra farmacia en un pueblo de Teruel. Como consecuencia de este fallecimiento, Jaime Rodríguez acumuló dos titularidades de farmacia, lo que prohíben las leyes administrativas. Para resolver este problema, y a la espera de que su hijo Jaimito, estudiante de farmacia, terminase su licenciatura, llega a un acuerdo con Pilar Pérez, licenciada en farmacia, conforme al cual ésta regentaría la oficina de farmacia situada en la provincia de Teruel, asumiendo su titularidad formal, a cambio de un salario mensual a detraer de los beneficios, hasta que su hijo alcanzase la titulación universitaria necesaria para hacerse cargo de la farmacia. Jaime se reservaba, sin embargo, la propiedad de la farmacia. Ahora bien, como las leyes prohibían a Jaime ser titular, simultáneamente, de dos farmacias, otorgaron una escritura pública (de fecha 23 de diciembre de 1999) por virtud de la cual Jaime vendía a Pilar la farmacia de Teruel por un precio de 100 millones de pesetas, cantidad que nunca fue entregada.

Durante los años 2000 a 2002, Pilar percibió la totalidad de los beneficios producidos por la farmacia, negándose a entregárselos a Jaime, por lo cual éste interpone contra ella una demanda judicial pidiendo que se los abone, reteniendo únicamente el salario mensual que le correspondía, conforme a lo pactado. Pilar se opone a esta pretensión, argumentando que los beneficios le pertenecen, dado que es la dueña de la farmacia, tal y como resulta de la escritura pública de compraventa de la misma de 23 de diciembre de 1999.