Si el procedimiento ya esta en el juzgado, claro que tiene derecho a cobrarles... no tanto como si el procedimiento hubiera sido completo, pero la redacción de la demanda..etc..etc. esta en su derecho de cobrarla... hablen con él... que retire el procedimiento y lleguen a un acuerdo sobre la minuta...
Por favor, soy la misma persona que ha hecho la consulta anterior, en la que se me ha olvidado hacer la siguiente pregunta: si podemos retirar la tramitación del proceso testamentario, ¿el abogado que nos lleva el caso tiene derecho a cobrarnos una minuta?