Buenas, mi problema es el siguiente y quería saber vuestras opiniones:
Mi bisabuelo, en vida, repartió la herencia entre sus 5 hijos. Tal reparto se documentó notarialmente mediante una hijuela. Sin embargo en la misma se olvidó una propiedad que correspondía a mi abuela y tal descuido se salvo firmando todos los hermanos un documento privado en el que reconocia el olvido y que la propiedad se le adjudicaba a mi abuela.
Sin embargo ahora surje el problema siguiente, esa propiedad consta en el Registro de la Propiedad a nombre de mi bisabuelo y queremos ponerla a nombre de mi abuela pero claro, para ello tenemos que elevar a documento público el escrito privado firmado por todos los hermanos reconociendo el olvido, pero dos de ellos han fallecido ya y sus herederos estan algunos en paradero desconocido o en el extranjero, por tanto conseguir reunir a todos en la Notaria para la elevación a público del documento es muy dificil
La solución que había pensado era que mi abuela venda o done a sus hijos esa propiedad en documento privado y entonces que ya se haga la inscripción en el Registro de la propiedad a nombre de ellos, pero como el tracto en el Registro se ha interrumpido (de mi bisabuelo pasa a mi madre y mis tios, saltandose a mi abuela) ya se podría plantear un expediente de dominio, por lo cual evitamos a los herederederos de los hermanos fallecidos.
Me gustaría saber que opinión teneis de la solución planteada y si teneis alguna otra alternativa. Gracias