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Herencia

6 Comentarios
 
Herencia
24/05/2009 19:38
Hola, Queria consultar unas dudas sobre el tema de la Herencia de mi abuelo. Explico un poco por encima. El testamento de mi abuelo está repartido de la siguiente manera: Una donacion que hizo en vida a mi hermano de un terreno, y resto de propiedades para repartir entre sus 4 hijos. las propiedades son 1 casa, 1 finca, y un solar con casas pero sin registrar las casas legalmente, lo que pasa es que en esta última propiedad el solar está hipotecado en un 75% y lo está pagando mi hermano( hipoteca que en su dia sacó mi abuelo).
Ellos al repartir no quieren hacer escritura pública, por lo tanto supongo que el prestamo no hay que devolverlo. Pero mi pregunta es? ¿Si todo esto va a juicio, le obligarían a mi hermano cancelar ese préstamo y además podrían kitarle la parte de donacion que el ya tiene registrada? Supongo que irá a juicio ya que mis tios opinan que como mi hermano tiene ese terreno a mi madre le tiene que tocar menor parte a repartir.
24/05/2009 20:40
Por el tema de no hacer aceptación formal de la herencia para no pagar, no te preocupes, que ya se encargará el banco de obligarles a hacerlo y les cobrará los gastos que ocasione la ocurrencia.
Para calcular el valor de la herencia, se descuentan las cargas que haya sobre ellas (en este caso la hipoteca).
Vaya facilidad con que suponemos que ya no hay que pagar, pero ¿no comprendes, alma cándida, que si fuese tan fácil no pagaría nadie? :))
Un saludo
25/05/2009 10:22
El tema es que no es que no se quiera pagar. Mi prengunta es tan simple como si mi hermano tiene que cancelar ese prestamo o como sería? y si a mi madre le tocaría menor parte de la herencia por la donacion que ya tiene mi hermano registrada de otra finca.
perfil Vio
25/05/2009 14:15
Lo que plantea es traer a colación la donación del terreno y la respuesta es afirmativa, valorándose al valor actual, y en cuanto al préstamo la parte pendiente computa como deuda. Lo mejor sería que frmasen todos un cuaderno de partición o de reparto privado, valorando el conjunto, en previsión de un juicio que podría resultar carisimo. Salvo mejor criterio
25/05/2009 15:30
Si los padres viven, y por lo tanto heredan. ¿Las donaciones a los nietos son colacionables?
25/05/2009 17:38
Entiendo que las donaciones son colaccionables si afectan a las legítimas.

Un saludo,
25/05/2009 21:30
Las donaciones a los nietos no son colacionables si los padres viven y heredan. Sí que lo son si los nietos heredan por derecho de representación de sus padres fallecidos. Otra cosa es que pudieran ser inoficiosas.
Un saludo