Al fallecer mi padre, hicimos reparto de herencia ante Notario. En este reparto mi madre se quedaba con el usufructo de la vivienda habitual, 50% de la propiedad y 50% restante repartido a partes iguales entre 4 hermanos. Dos de estos hermanos tienen derecho de habitación. Uno de ellos que tenía vivienda en propiedad, la ha vendido y dice que quiere ejercer ese derecho de habitación. En la actualidad mi madre está en una residencia. Mi pregunta es: ¿puede ejercer ese hermano el derecho de habitación?. Pienso que más bien ha sido un abuso, ya que después de la venta ha trasladado a la vivienda de mi madre todos sus muebles, se ha deshecho de muebles y enseres de mi madre para poder instalar los suyos. Se ha empadronado en la vivienda, ya que antes estaba empadronado en otra población cercana a Madrid. Se ha debido de asesorar, ya que está pagando los gastos de la casa (Comunidad, gas, electricidad, etc.)Pregunta: ¿ Es lícito que mi madre siendo la usufructuaria de la vivienda, si llegado el caso que tuviéramos que alquilarla o venderla para poder seguir pagando la elevada factura mensual de la residencia, no lo pudiéramos hacer puesto que la vivienda está habitada por ese hermano y dice que de allí no se mueve?. Me puede alguien ayudar en este sentido.