Mi madre ha fallecido y por ley se que nos corresponde a mis dos hermanos y a mi, el tercio de legítima y el tercio de mejora, aunque creo que a mi padre le corresponde el de libre disposición. Me gustaria saber si el destino del tercio de libre disposicion debe estar reflejado en el testamento, y sino que se hace con el. Tambien cual es el usufructo de los bienes que a mi padre le corresponde.
Gracias