No se si podeis ayudarme: Mis padres han vendido un terreno que tenian y todo el dinero se lo han dado a uno de mis tres hermanos alegando que es suyo y pueden dárselo a quien quiera.
¿Es legal? ¿Es posible hacer reclamación? ¿Tenemos derecho el resto de mis hermanos a este dinero?
Lo que hacen tus padres es legal, pero ese regalo de dinero a uno de los hijos se considera "donación", por lo que especialmente podreis reclamar si vuestra legítima (mínimo que establece la ley que deberías herederar de vuestros padres cada uno de vosotros) queda perjudicada.
Os recomiendo guardar pruebas documentales que demuestren el hecho de que tus padres regalaron una cantidad de dinero a tu hermano, a efectos de la posible reclamación en la futura herencia de tus padres.
Un saludo.
El tema es un poco más complicado,ya que a este hermano siempre le han dado todo y no exagero:
Solar de 749 m2 de los cuales, 99 m2 pertenecía a mi abuela y 650 han sido segregados a lo largo del tiempo hasta quedar en una casa de 96m2 (y 180 m2 cosntruida) y un solar de 307m2.
De los 307m segrega y supuestamente vende a mi hermano 119 m2, en 1993 (Todo fue a escondidas, ¿Tenemos algun derecho legal el resto de mis hermanos?, ¿forma parte de nuestra legitima?)
Más tarde mi madre compra a mi abuela los 99 m2
y después supuestamente le vende a mi hermano estos 99 m2 ¿Tenemos también algún derecho sobre esta supuesta venta? ¿forma parte de nuestra legítima?
La finalidad ha sido la construcción de una casa sobre estos dos terrenos (218m2).
La casa de 96m2 de mis padres mas el terreno restante, 188m2, ha sido vendida en Diciembre pasado(25 millones pts) y también el terreno de la consulta anterior, por 30 millones de pts
Ahora mi hermano se está construyendo un cortijo, trabaja en el campo y su sueldo (cuando no llueve)es de aprox 900 €.
Es imposible que con este sueldo se haga una casa de 244m2 construida y un cortijo en un terreno de 2100m2 según nota simple del registro.
¿Que podemos hacer? ¿Que derechos tenemos?
De la futura herencia apenas queda nada, solo queda un piso de 100m2 que mis padres se han comprado en el pueblo.
En este supuesto es de aplicación la figura civil de la colacion.En sus dos vertientes,tanto en la imputación de tercios como en la reducción de aquellas donaciones que se califiquen como inoficiosas.Es un caso bastante facil en la teoría pero que en el tema de probar esos hechos suelen faltar pruebas,así que comparto la opinión de mis compañeros de que debes acreditar y recabar toda la documentación y testificales que puedas sobre tales acontecimientos.
Como soy profano en la materia, no se lo que quiere decir -figura civil de la colacion-.Si es posible ruego explicacion en cristiano.
Por otro lado parece que hay posibilidades ¿Es asi?
¿Seria conveniente consultar con abogado?.
- La colación: cuando se han hecho donaciones por los padres a los hijos en vida, la ley entiende que se han hecho como anticipo de la herencia y que habrá que tenerlo en cuenta, para que esos hijos reciban de menos en la herencia el valor de lo que se les ha donado. Es decir, la ley considera que si un padre ha regalado algo a un hijo, no ha sido porque quiera mejorarle, sino porque ha querido darlo parte de la herencia en vida, de manera que lo regalado al hijo deberá computarse para hacer los lotes entre todos ellos. Esto no obstante, la colación no se produce cuando el padre o madre dispusieron lo contrario al hacer la donación.
Pero ya no hay herencia, ha sido vendida, lo que no sé es donde ha ido el dinero. Supongamos que parte de el se lo ha dado en mano a mi hermano y este se ha comprado el cortijo ¿Que ocurre entonces? En la primera venta de terreno de 119 m2 según el registro fue vendida a mi hermano. ¿Que prueba he de solicitar para demostrar que fue asi?
De nuevo pregunto, ¿Hay posibilidad? ¿Debo consultar con abogado?
nos ha pasdo lo mismo. me gustaria que si lo habeis llevado a juicio contactes conmigo para ver el resultado, el abogado que llevo el caso y si tengo alguna posibilidad
mi correo es
andres_hermoso8@hotmail.com
gracias