Me gustaria que me asesorarais sobre el siguiente tema:
Mi suegra falleció hace cuatro años y el impuesto (650) mi suegro se acogio a la deducción de vivienda habitual mi duda es que ahora a fallecido el y no se como tenemos que declara dicho impuesto pues la mitad se declaro en su día pero la parte de mi suegro que se hereda ahora como se hace
¿se reparte el 50% entre los herederos?
¿como se hace la repartición de usufruto que heredo mi suegro y la libre disposición)
¿tienen que declarar los herederos esa parte?
¿tendran que pagar el impuesto que en su dia no se pago por la deducción de la vivienda?
perdonar la deducción efectivamente se hizo a todos los herederos
que tienen que pagar la parte que no se pago en su dia o de lo contratio tienen que declarar lo nuevo que heredan de esa parte de mi suegra
En su día, los hijos-herederos (incluyo al marido usufructuario) debieron pagar el impuesto. Ahora fallece el marido, pues lo mismo. Se valora la herencia, se calcula el impuesto y se divide entre los herederos.
No entiendo cuál es el problema, a no ser que al morir su suegra "olvidaran" valorar algún bien.