A falta de testamento del fallecido, cuando concurren hermanos de padre y madre con medio hermanos, los primeros tiene derecho al doble que los segundos en la herencia del hermano fallecido (949 Codigo civil).
El catastro no acredita la propiedad pero es un indicio.
A la espera de màs opiniones, un saludo
Existen unos terrenos que no estan registrados en el Registro de la Propiedad. Según Catastro, el titular de ellos es un hermano mío que lo es sólo de padre y es soltero.Además ha fallecido sin hacer testamento.Éste tiene a la vez varias hermanas de padre y madre (para mí sólo hermanos de padre). ¿Tengo derecho a heredar al mismo nivel que los demás hermanas siendo el fallecido hermano de padre mío?. Si no está inscrito el terreno en el Registro de la Propiedad es suficiente el catastro para determinar que el terreno es del fallecido al estar puesta la contribución a su nombre?