Hola a todos, tenín un piso y una plaza de garaje a medias con mi mujer. Ella falleció sin testamento. Me dicen en la notaria que solo tengo derecho al usufructo de un tercio de la herencia. Es decor que medio piso y media plaza de garaje son míos y del resto tengo un tercio en usufructo. Me han comentado que según la edad se le da un valor a ese usufructo que yo puedo utilizar para adjudicarme la plaza de garaje entera.Es eso así?
Puedo usar ese valor para adjudicarme más porcentaje de la vivienda?
Que me conviene más?
gracias