se tienen que presentar los derechos reales en el plazo de 6 meses, es lo unico obligatorio; pero yo le aconsejaria que hiciera luego o al tiempo la escritura de aceptacion de herencia en la notaria y asi pasar el piso a nombre de su esposa ya que antes o despues lo tendra que hacer, pero solo si quiere ya que el registrar las propiedades es voluntario. salvo mejor opinion
Mis suegros, fallecidos. Mi mujer, hija única que entiendo es heredera universal, pues ambos padres testaron a su favor la libre disposición. Favor, confirmar.
Hay un piso, escriturado a nombre de mis suegros, insisto, fallecidos. Pregunta: ¿Conviene regularizarlo a nombre de mi mujer?. Caso de no hacerlo, si quisiera venderlo, tal cuál esta, podría hacerlo?
Gracias anticipadas.