Te completo la contestación: si se otorga testamento, como en él hay que consignar quienes son los herederos de la persona que lo otorga, ello implica que ya no es necesario recurrir al procedimiento de "declaración de herederos".
Y para saber si hay o no testamento otorgado por parte de la persona fallecida, hay que solicitar una Certificación al Registro de Ultimas Voluntades en Madrid (via gestoría) en donde consta el último testamento (que es el válido) o bien, que no hay testamento. En cualquier caso, esta certificación siempre es necesaria. Otro saludo.
La declaración de herederos (o Acta de Notoriedad cuando la efectúa el Notario), es el procedimiento por el cual se determinan los herederos de una persona que ha fallecido sin testamento.