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Herencia

9 Comentarios
 
Herencia
01/05/2019 22:29
Hola, nos acabamos de enterar que mi abuela paterna a fallecido hace un mes y medio.
Mi hermano y yo somos herederos de mi padre fallecido.
El caso es que mi tio que vivia con ella no se a puesto en contacto con nosotros ni para avisarnos de nada, ni para temas herencia.
Como podemos nosotros saber si nos pertenece heredar algo sin tener que ponernos en contacto con ellos?
El certificado de defuncion y ultimas voluntades,podemos nosotros pedir copia? Y si asi fuera donde?
Gracias,un saludo
02/05/2019 12:09
Cristina2677
Buenos días.
La situación que relata, por desgracia, es mas habitula de lo que usted ese puede imaginar. Su caso es frecuente. De todas formas su tio antes o después tendrá que contactar con ustedes ya que ustedes tienen los derechos hereditarios, como minimo, de su difunto padre.
Los certificados de defunsion lo pueden solicitar en el registro civil del lugar de fallecimiento de su abuela y el de ultima voluntades en el ministerio justica, o en una de sus delegaciones.
Finalmente, un consejo, acudan a un abogado especialista en la materia, le hará falta.
04/05/2019 15:33
Cristina2677
Hola, mi madre viuda falleció en el 2016 e hizo textamento en el 2014 dejándome la legítima. Mis otros tres hermanos fueron al notario a repartirse la herencia y sin avisarme a mi se repartieron también mi legítima, acogiéndose a la nueva ley del 2015 de desheredar a los hijos.
Yo creo que eso no está bien, ya que mi madre no lo hizo así.
Puedo reclamar vía judicial ni legítima? Para cobrar lo que ellos por su cuenta me han quitado?
Espero su respuesta. Muchas gracias
04/05/2019 19:36
navarroiuris
Para pedir los certificados donde les han indicado, lleven un certificado de defunción de su padre y testamento (si hubiera) para acreditar ser legitimos herederos. Suerte.
04/05/2019 19:39
Trampolino
Para Dulce; vaya a la notaría de la herencia y pida una copia simple de la adjudicación. Si la han desheredado deberá constar ante el notario y es un caso que no se da muy habitualmente pues sólo se produce en circunstancias muy graves de trato contra la finada y debe ser tramitado ante un juzgado de primera instancia en un procedimiento de jurisdicción voluntaria en el que, de haberse producido, a usted la habrían llamado para declarar. Algo raro se cuece en este tema. No lo deje pasar. Suerte.
04/05/2019 20:08
Trampolino
Tengo el textamento, en la notaría solo me dijeron que ya se habían repartido la herencia. Con mi madre nunca ha pasado nada, solo un enfado en circunstancias difíciles para mi al estar mi hija gravemente enferma y no quería que nadie le visitara. Por este motivo mis hermanos y mi madre dejaron de hablarme y ahora para mi sorpresa esto es lo que me he encontrado. Aunque sea poco la legítima voy a ir a juicio a ver qué pasa, sé que no existen aún casos así porque la ley en el pais vasco de poder desheredar es desde2015 y el textamento es del 2014. Muchas gracias, a ver en qué queda todo esto
09/05/2019 19:30
Cristina2677
Resido en Cataluña, quisiera saber si alguien me puede informar, si por heredar de mi madre 90.000 que se tiene que pagar de impuesto de sucesiones.
Gracias
10/05/2019 20:49
Dulce1964
Soy Dulce 1964 otra vez. Acabo de venir de un abogado para asesorarme y ver que me pude costar ir a juicio a reclamar la legítima y haciendo números me ha dicho que si gano serían unos 18.000 euros, pero si no gano tendría que pagar unos 17.000 y dice que no hay jurisprudencia de ningún otro caso como el mío entonces que es mi decisión. Me parece una barbaridad arriesgar 17000 euros . Me podría dar su opinión? Puede ser tanto dinero si pierdo, no lo entiendo muy bien. Espero su respuesta. Muchas gracias
29/02/2020 16:54
Cristina2677
Hola. Comunidad autónoma de Aragón. Hemos firmado escritura de aceptación de herencia al fallecer mi padre. Somos dos hijos. Testamento mancomunado con usufructo universal. Mi madre vive y tiene 92 años. En la herencia aparte de dos casas y un local, hay un saldo bancario.
Nos corresponde a los herederos los hijos , la mitad de todo eso pero con el usufructo de la viuda, que en la escritura de aceptación de herencia pone que es el 10% a causa de su edad.
Pues bien, el banco dice que tenemos que abrir una nueva cuenta como titular mi madre con el 50% del saldo bancario ya que es suyo por gananciales y con el otro 50% que es la herencia de los hijos nos tenemos que abrir una cuenta cada uno, por lo visto no vale meterlo en las que ya tenemos con ese banco, con el 25% para cada uno pero no podremos gastar ese dinero a causa del usufructo.
Eso es asi? Pq entonces lo dejamos todo en la cuenta de mi madre, aunque en ese caso lo tendríamos que volver a declarar en el ipt. De sucesiones cuando ella falleciese, siendo que ya ha sido declarado ahora.
Quiero saber si podemos meter en nuestras respectivas cuentas ya abiertas mi hermano y yo la parte que nos corresponde y usar ese dinero cuando nos plazca y si no es así que debemos hacer con ese dinero, meterlo en la cuenta de mi madre cuando es herencia nuestra?
Gracias por vuestra respuesta que agradecería cuanto antes pues el martes tenemos que ir al banco.
29/02/2020 18:50
Cristina2677
Esto del testamento mancomunado y usufructo universal es algo que le tiene que contestar un abogado aragonés. El banco sigue un criterio totalmente correcto, pues hay dos trances completamente distintos, como son la liquidación del régimen matrimonial que sobreviene con la muerte y el caudal propio de la herencia. Posiblemente el banco sigue las normas indicadas para el régimen general civil de España; de ahí que para interpretar adecuadamente su situación sea mejor un abogado local que conozca la especialidad aragonesa.