El 50% lo heredan los herederos que figuren en el testamento si es que hay; si no hay y hablamos de un territorio con Derecho común, lo heredan los hijos, salvo el usufructo del tercio de mejora que lo hereda la viuda, quién además es la propietaria del otro 50%, diga lo que diga la inscripción registral.
Mis padres compraron un piso estando casados en regimen de gananciales. Este piso se inscribio como bien privativo de mi padre que trabajaba y pago la hipoteca. No aporto bienes ni dinero heredado para su compra. Mi padre ha fallecido, ¿quien hereda este piso? ¿ Y/o que porcentajes?
Muchas gracias de antemano