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herencia

8 Comentarios
 
28/02/2015 09:15
Claro. Yo entendí que Trípoli decía que 2/3 para los hijos. Por eso no entendía. Gracias
28/02/2015 01:25
y tambien el de libre disposicion.
por os ponen 2/3
hay paginas de derecho y el mismo codigo c. que lo pone muy clarito.
27/02/2015 20:15
Ok. Entonces, en el caso de Nuria, el 1/3 de mejora podría ser para ella.
27/02/2015 20:11
La legítima son 2/3; 1/3 legítima estricta y 1/3 mejora.
Artículo 808 del Código Civil: Constituyen la legítima de los hijos y descendientes las dos terceras partes del haber hereditario del padre y de la madre. Sin embargo podrán éstos disponer de una parte de las dos que forman la legítima, para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes.
27/02/2015 20:07
¿El tercio de mejora puede ir también para los nietos?
27/02/2015 10:29
¿2/3?
26/02/2015 20:14
2/3
24/02/2015 17:45
Aunque su abuela le haya dejado el piso en testamento, tiene que respetarse la legítima de los 4 hijos que es caso de ser en territorio de derecho común sería 1/3 del caudal hereditaro. Si hay otros bienes con los que cubrir esa legítima, no hay problema en que usted herede el piso, ya que le corresponde legalmente (no tiene que "ir a juicio contra su familia").
Sin embargo, si ese piso fuera el único bien que poseía su abuela (o si con los otros bienes no se alcanzase a la legítima) sólo puede usted heredar la parte que sobre una vez satisfecha la legítima de los hijos.
herencia
24/02/2015 15:07
Hola!! tengo dudas sobre una herencia, por eso me pongo en contacto con ustedes.
Mi abuela me he dejado su piso en el testamento, sólo a mi, pero tiene 4 Hijos. Me gustaría saber que tengo que hacer y que opciones tengo habiéndome dejado en el testamento, y espero no tener que ir a juicio contra mi familia.
Muchas Gracias de antemano.