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herencia

5 Comentarios
 
Herencia
10/02/2015 20:59
Hola, soy de Barcelona, mi madre murió sin hacer testamento, mi padre es el usufructo y somos dos hermanos, como la convivencia es imposible, me gustaría saber que parte de mi madre me corresponde y si puedo reclamarla. Gracias.
10/02/2015 21:33
Buenas noches, belgarath, pues el 50 %, pero la herencia no se "reclama", se acepta y luego dependerá de en qué consista el caudal relicto: si cuentas, se retira la parte del banco, si un inmueble (con el usufructo paterno, parece), se inscribe el 50 % de la nuda propiedad, y se puede negociar la venta o instar la disolución de la copropiedad.
Saludos,
10/02/2015 23:05
Es que yo era muy joven cuando murio mi madre no tengo ni un papel ni fotocopia, no se ni lo que se hizo, solo sé q estando bajo tratamiento con drogas (por la muerte de mi madre), mi padre intento hacerme firmar un papel conforme renúnciaba a la herencia (según él por consejo del notario), de suerte q aún sedado me di cuenta. Pero mi pregunta es: ¿estando mi padre en vida(usufructo), puedo hacer esto q dice? ¿Tienen que estar todas las partes de acuerdo?
11/02/2015 05:59
Buenos días, belgarath; entonces, el asunto es más complejo de lo que parecía, y primero debería confirmarse (por el registro de la propiedad) esa renuncia a la herencia, y, en caso afirmativo, estudiar si fuera posible anularla.
Saludos,
11/02/2015 10:02
Las renuncias no figuran en el Registro de la Propiedad y sólo pueden llevarse a cabo ante Notario, no vale un documento privado.
Debes averiguar qué bienes eran propiedad de tu madre en el momento del fallecimiento. Debes solicitar el Certificado de últimas voluntades y si aparece que no había testamento debes instar una Declaración de Herederos Abintestato (ante Notario). Realizado lo anterior hay que aceptar la herencia; si alguno de los herederos no quiere, habrá que iniciar un Expediente de Jurisdicción Voluntaria.
11/02/2015 10:12
Con permiso, pero me refería a confirmar en el registro la renuncia, en el sentido de si, como parece desprenderse del primer mensaje, el inmueble figurase ya sólo a nombre del hermano con el usufructo a favor del padre, porque entonces indicaría el título (herencia, por ejemplo) y se deduciría que existió la renuncia.
Saludos,