Entonces si mi padre no paga esa deuda a mi tia ella puede cobrarsela del 50% que le corresponde a mi padre si le denuncia, y si esto sucederia y mi padre fallece ¿que parte me quedaría a mi?, ¿dependeria de una tasacion del piso?, y por otra parte, si no denunciase mi tia y mi padre fallece antes de poder saldar la deuda..., ¿yo podría decir a mi tia que no quiero el piso y que me pague lo que me corresponda descontando el importe de la deuda de mi padre con ella?
Muchisimas gracias mark9
La deuda en ningún caso hace que el piso sea de su tía, ni puede "cambiar" la escritura. El piso es de su padre y su tía, entiendo que al 50%. Cuando fallezca su padre, usted no tiene que pedir nada a su tía, sino que usted hereda la mitad porque le corresponde. Otra cosa es que su tía demande a su padre por esa herencia y le embarguen parte del piso.
Por otra parte, la deuda de su padre si no la paga antes de fallecer, su tía la podrá reclamar de la herencia.
Porfavor, ¿serian tan amables de ayudarme a resolver esta duda que he expuesto?, esque mi tia le está agoviando mucho a mi padre con que le va ha hechar a la calle si no la devuelve el dinero que depositó en el juzgado y quiero saber si realmente ella es la única propietaria del piso y si le puede hechar a la calle.
solamente necesito saberlo para poder hablar con ella sabiendo lo que la puedo decir con la ley en la mano, se lo agradeceria muchísimo, porfavor
Buenas tardes:
Queria saber si me pueden aclarar una duda que me ronda desde hace algún tiempo.
Mi padre y mi tía, tienen un piso que han heredado de misde mis abuelos, Mi padre se separó y tenía que indemnizar a mi madre con 6000€, dinero que no tenía en ese momento y que mi tía depósito en el juzgado para que no les embargasen el piso, ahora mi tia dice que el piso es de ella, pero no se han cambiado las escrituras de nombre, mi padre ya ha hecho un testamento en el que su parte me la da a mi, ¿cuando fallezca mi padre, yo me quedo sin mi parte, osea la mitad del piso que me corresponde?, ¿o puedo pedirla mi parte y que me descuente esos 6000€ que la debe mi padre?, muchas gracias
Me ratifico en los cálculos.
Para TRIPOLI: los porcentajes que indicas son sobre la herencia de la abuela, o sea sobre la mitad de la propiedad, por eso hay que dividirlos por 2 y sumarlos al 25% que cada hijo ya tiene por herencia intestada del abuelo.
Hijo 1: 25% ya heredado (mitad del 50%), más el 16,66% (legítima) del segundo 50%, o sea 25% más 8,33% igual al 33,33% de propiedad.
Hijo 2: 25% ya heredado (mitad del 50%), más el 83,33% (legítima y mejora) del segundo 50%, o sea 25% más 41,66% igual al 66,66% de propiedad.
Estas seguro Trípoli?? -Si para el hijo menos favorecido seria solo el 16,66% y de su padre ya le corresponde el 25 %, con el testamento de la madre beneficiando al hijo con el que convive creo que no es posible que el favorecido llegue al 83,32 %. "O se me escapa algo"
gracias por toda la información, la idea es que la abuela hga testamento y favorezca a esa hija y asi una vez fallezca la madre le sea mas facil poder hacerse con esa propiedad adquiriendo la parte de su hermano, siempre y cuando éste este dipuesto a vendersela claro, poprque no esta obligado a hacerlo verdad?
Efectivamente. Como le han dicho, la mitad del abuelo ya fallecido corresponde por mitades iguales a cada uno de los hijos (o sea, un 25%) salvo el usufructo de la viuda mientras ésta viva . Si la abuela hace testamento dejando de su mitad el 1/3 de mejora y el 1/3 de libre disposición a uno de ellos, cuando fallezca el resultado será que un hijo tiene el 66,66% de la propiedad y el otro el 33,33%
gracias por tu ayuda, entonces podria dejar a uno de los hijos lo minimo y al otro favorecerle con su parte en la mayor medida posible entiendo. Para que el dia de mñana que la abuela falte el hijo que mas parte de la casa tenga le sea mas facil comprar la otra parte a su hermano.
Si no hay ni hubo testamento, el 50% de la casa es propiedad de los dos hijos, tras el fallecimiento de uno de tus abuelos. Ahora la abuela puede hacer testamento favoreciendo al hijo que convive con ella, pero siempre deberá dejar al otro como mínimo la mitad de 1/3 (siempre que estemos en territorio donde se aplica el Derecho Común).
gracias primero que nada.
no hay testamento hecho hasta el momento, pero ahora podria hacerlo la abuela y podria cederle su parte al hijo que vive con eya? eso seria posible hacerlo?
hola mi duda es la siguiente, hay una casa a nombre de mis abuelos, fallece uno de éyos y hay dos hijos, uno de los hijos siempre vivio en esa casa cuidando de los abuelos, a la hora de heredar le puede favorecer mas que a su hermano o cuando fallezca la abuela esa casa sera mitad y mitad? podria favorecer la abuela al hijo que vive con eya? gracias un saludo