hola,mi pregunta es la siguiente,agradecido de ante mano por las respuestas.tengo un tio no politico,que por muy mala suerte tiene una enfermedad que le deteraron hace unos dias y el pronostico no es bueno.el honbre pues tene unos bienes asi como dinero en el banco y fincas,quisiera saber en caso de fallecimiento de mi tio que nos perteneciria y lo que habria que pagar hacienda,el nos dice que no tiene ningun papel ante notario a favor de nadie asi como el dinero de las cartillas,muchas gracias,un saludo.
Lo primero, que haga testamento si piensa dejárselo a Vds., se ahorrarán muchos trámites. En cuanto a lo que pagarán de impuesto de sucesiones, bastante al ser sobrinos pero no podemos darle cantidades pues depende del valor de los bienes descontados determinados gastos. Consulten a un abogado. Un saludo.
hola nuria,gracias por responder,el esta muy malo en el hospital y no va poder ser lo del testamento pues esta sedado,un amigo me comento que sobre el dinero que hubiese en el banco hacienda se llevaria un 40%,sabes si puede ser asi?un saludo y gracias nuevamente.
Si, puede ser así porque son sobrinos y se paga mucho más de impuesto de sucesiones, además., ahora, no le dejarán retirar el dinero hasta que hayan pagado. Si fallece, tendrán que esperar a que esté inscrita la defunción (unos 10-15 días), obtener la certificación literal de defunción y acudir al juzgado para hacer la declaración de herederos pues son colaterales. Con copia testimoniada de la declaración, podrán acudir a una notaria y repartir los bienes que irán a partes iguales al no haber disposición testamentaria, entre todos los posibles herederos. Consulte con un abogado llegado el momento para hacer los trámites de la manera más económica posible. Un saludo.
Estimado usuario:
Siendo buenas las apreciaciones dadas por Nuria... faltan algunos datos de vital importancia por conocer:
- No existiendo testamento, se impone el orden legal de sucesión: Hijos o descendientes, padres u otros ascendientes, cónyuge, y después vendrán los colaterales hasta el 4º grado, empezando por hermanos, y en defecto de éstos, los sobrinos, es decir, Ustedes. Es decir, habría que conocer previamente si existe alguno de dichos vínculos.
- POr otro lado, en el aspecto impositivo, depende de la Comunidad autónoma, cada una tiene una normativa diferente.
En PF & Asociados somos expertos en gestionar herencias de principio a fin, ayudando a resolver cualquier duda que se le plantee. Puede concertar una cita con nosotros de manera totalmente GRATUÍTA a través del teléfono 919 548 75 50, o bien a través de nuestro e-mail info@pfasociados.es.
Quedamos a la espera de sus noticias. Un saludo.
Gracias por responder. Efectivamente, el impuesto de sucesiones, al ser colaterales de 4 grado es más elevado. Insisto en que depende de la C.A cual es la carga impositiva, y respecto de la tramitación, el proceso judicial de declaración de herederos es la vía que ha de seguirse. Reitero nuestra oferta de asesoramiento para todo lo que necesite. Un saludo