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Herencia

1 Comentarios
 
Herencia
12/08/2013 03:13
Hola, os cuento mi caso a ver si alguien puede ayudarme.
Mi abuela falleció hace ya casi dos años, y en su testamento simplemente reconoció a sus herederos (sus hijos) indicando que se repartiesen los bienes a partes iguales, excepto una propiedad (finca rústica) que indica que es para mi hermana y para mi (pone nuestros nombres).

Mis tíos y mi madre no se han reunido para repartir las propiedades, y quería saber si mi hermana y yo podemos, de forma autónoma disponer ya de esa propiedad (hacer uso de ella).

Por otro lado, esa propiedad nunca fue registrada, ¿Qué tendría que hacer para que figure a nuestro nombre en el registro de propiedad?
12/08/2013 18:38
Deben en primer lugar aceptar en su caso el legado dejado por su abuela, la finca, y su madre y su tio , aceptar la herencia, para lo cual deben todos juntos hacer dicho tramite. Si el testador hubiese previsto la facultad de tomar el legado por si mismo, podría hacerlo, en otro caso son los herederos los encargados de entregar el legado(la finca), además deben liquidar el impuestod e sucesiones, tenían 6 meses desde el fallecimiento de su abuela.
En cuanto al tema del registro el tramite es diferente, con la escritura de aceptación de herencia ya tendrá un primer paso realizado pero después se abren varias opciones.
a su disposición
navarroiuris@hotmail.es
abogada herencia y sucesiones