Aún cuando habría que conocer todos los datos, en principio la sobrina no tiene derecho alguno sobre ese bien, dado que su padre sólo dejo a la viuda el susufructo y tal usufructo se extingue al fallecimiento de su segunda esposa.
No obstante, quedo a su disposición para tratar más en profundidad el asunto.
Mi caso es el siguiente:
Mi padre se caso por segunda vez al morir mi madre, a principio del matrimonio compro una propiedad vendiendo una propiedad que era propiedad del matrimonio entre mi padre y mi madre. En la escritura de herencia al venderse esta casa para comprar otra se considero bien privativo de mi padre y su segunda mujer firmo su conformidad de que esa propiedad era de la primera mujer y de sus hijos, es decir, que ella no iba a intervenir en la misma.
Al morir mi padre en su testamento la dejo a ella como heredera universal de sus vienes y usufructuaria tambien de este bien privativo aunque mis hermanos y yo eramos herederos. La segunda mujer de mi padre acaba de fallecer y ha dejado como heredera a una sobrina.
Mi pregunta es:
¿Tiene su sobrina derecho de herencia sobre el bien privativo de mi padre? Aunque la segunda esposa de mi padre ya hubiera firmado al principio del matrimonio que eso era un bien privativo de mi padre y mi madre y no intervendria.