Hola buenas me llamo Javier y os cuento mi padre murió cuando yo tenía un año de un accidente de tráfico el era el copiloto por lo que mi madre recibió 7 millones de pesetas hace 24 años,mi madre y mi padre también tenían un piso que estaba a nombre de los dos,con los 7 millones mi madre se compro un chalet y ahora yo me quiero independizar y mi madre no me quiere dar ni el chalet ni la casa que se compro con mi padre entonces dice que me va a dar mi parte para que pueda meterme en alguna vivienda,podríais decirme más o menos la parte de herencia que me corresponde?el piso esta tasado en 60000 euros,gracias
Era muy joven cuando murió entonces no creo que tuviera testamento,pero según mi madre solo me pertenece la mitad de la mitad del piso y los 7 millones de pesetas hace 24 años era mucho dinero y nose cuanto sería ahora y según ella de ese dinero sería la mitad de la mitad y yo pienso que también tendrá que pagarme intereses xk tengo 25 años y desde los 18 años me los podría habérmelos dado.
Los 7M que recibió su madre de indemnización por el fallecimiento de su padre, habría que saber qué parte indemniza SU pérdida porque, imagino que otra parte de esa cantidad total le indemnizarían a Vd. por la pérdida de su padre. Esa cantidad sería solamente suya y la de su madre, solo de ella. Con esos 7M compró el chalet, invirtiéndo el total, luego un % de esa casa sería suya (otra cosa es la prueba)
Respecto del piso, valorado en 60000, si era el único bien ganancial, le corresponden a Vd. 30000 (si su padre no hizo testamento) y a su madre, los otros 30000. Además, su madre tiene el usufructo de 1/3 de los 30000 (10.000) que le corresponden a Vd.
Espero haberme explicado bien.
Un saludo.
Sí los 7M, hoy son 42.000 y los invirtió en un chalet. Pues bien, le digo que habría que saber si los beneficiarios de esa indemnización eran, solo su madre o, su madre y usted. Y en función de la respuesta, el chalet es 100% sólo de su madre o en una proporción X de ella y en una proporción Y, de usted.
Otra cosa es la liquidación de gananciales (el piso) y los derechos hereditarios, que es de lo que le hablo en la segunda parte de mi post.
Un saludo