Hola compañeros, tengo un problema en una demanda. Yo represento a la comunidad de propietarios y tienen como morosos a un matrimonio titular del inmueble. El matrimonio que adeuda a la comunidad sobre 7000 euros, ha fallecido, pero desconocemos a los herederos. He interpueso una demanda de proceso monitorio contra la herencia yacente, solicitando en otrosí digo que se oficie a la notaría donde según el certificado de últimas voluntades de los herederos, éstos hicieron testamento a fín de que aporten el testamento al juzgado para conocer la identidad de los herederos.
El juzgado me ha contestado que tengo que manifestar en la demanda contra quién persona física o jurídica va dirigida la demanda con una dirección a fin de realizar el requerimiento de pago. Mi duda es la siguientes: ¿no puede hacer el juzgado ésta diligencia de averiguación consistente en requerir al notario la identidad de losherederos?
No veo que quepa esta diligencia en las diligencias preliminares, por lo que en caso de no ser posible a través de monitorio ¿debería hacerlo en el ordinario? Gracias de antemano.