El supuesto se plantea con la muerte de un matrimonio, fallece el primer conyuge y en menos de un mes fallece el otro, sin que aceptar o renunciar a la herencia, y sin liquidar el impuesto de sucesiones, quedan como herederos 3 hijos, habiendo el testamento normal de un conyuge a otro.
El caudal es un inmueble, una CC, y ambos tenían contratado un seguro de vida ahorro que le aseguraba una renta vitalicia y generaba un capital a rescatar por fallecimiento el que el beneficiario era el otro conyuge, son dos contratos, con cantidades importantes.
Como los seguros no forman parte de la herencia, han de liquidarse conforme a lo que establezca la poliza, no conforme al testamento, la cuestión que planteo, es que al haber fallecido el beneficiario, se podría imputar el seguro por la muerte del primer causante en el impuesto de sucesiones directamente a los herederos al estar ya fallecido el beneficiario, o habría que hacer el impuesto de sucesiones incluyendo al conyuge ya fallecido e imputandole el seguro