Si una madre dona algo en vida, en este caso un garaje, a uno de sus cuatro hijos, ese garaje ¿entra dentro de la herencia? Es decir, ¿los hermanos pueden reclamar la parte proporcional que les corresponda de ese garage al fallecer el progenitor?
Si es posible, ruego contestéis aquí y mejor aún a: paloma2408@yahoo.es
Gracias