Veo que el forero Mirodgi también habla de si la propiedad de la casa fuera de tu madre. O sea que creo que lo habíamos entendido todos mal.
No conozco bien el derecho gallego pero por lo que tengo entendido en casos de no haber testamento se rigen por el codigo civil. Puedo estar equivocado, porque me extraña lo del usufructo de tu tío.
Según el codigo civil la herencia de tu tía sin testamento habría pasado a sus padres (si vivían) y a su marido (tu tío), en ese caso podría ser el usufructo. Si sus padres no vivían entonces sería tu tío el heredero universal.
Por eso lo primordial es saber quienes son los herederos de tu tía y por tanto los propietarios de la casa. Si el propietario fuese tu tío podría dejarlo integro a quien quisiese en el testamento (a no ser que vivan sus padres); si no hace testamento se repartirá entre sus hermanos e hijos de éstos.
O sea que como te han dicho debes saber a nombre de quien está la propiedad y si se repartió o no la herencia.
Resumen.
a) Si no hay padres ni ascendientes, el viudo sería el único heredero.
b) Si no viven los padres ni los ascendientes ni el cónyuge, la herencia se reparte entre los hermanos e hijos de éstos. A falta de sobrinos heredan los tíos. Y si al fallecido no le quedan ni hermanos ni tíos, sus primos carnales.
Es que cuando dices que la propietaria era "ella" yo he entendido que te refieres a tu madre, pero de una segunda lectura me cabe la duda de que te refirieras a su mujer.
En el caso de que la propietaria es tu madre y el usufructuario es tu tío, éste, tu tío no tiene nada que testar o sea que no puede dejar nada en testamento a persona ajena.
Si es el otro caso, no vale nada de lo que he dicho.
Artemio, es que ya sólo faltaba para liarlo un poco más. Menos mal que no se hereda el usufructo. Yo quiero saber que simplemente con el papel de matrimonio ya pasa a ser usufructario o tiene que hacer algun tipo de trámite ? Entonces si estuvieran simplemente juntos sin papeles él no tendría nunca el usufructo ?
No conozco las leyes gallegas pero supongo que el usufructo será vitalicio. O sea que se extingue cuando se muera y por tanto no se puede transmitir en herencia. Si estoy equivocado que alguien me lo aclare.
Tengo una pregunta que se me ha ocurrido ahora leyendo otros posts por aquí. Al contraer matrimonio y ella fallecer ya pasa directamente a usufructario o hay algun papel donde lo ponga.
En su herencia el podría dejar en USUFRUCTO la casa a quien crea conveniente. Es un derecho que él tiene. Eso sí la casa no le pertenece. Es decir, el podría vender el uso y disfrute de la casa, pero o la casa en sí misma.
Al heredero del usufructo podrías reclamar la PROPIEDAD DE LA CASA pero no el uso y disfrute. Es decir, si el deja en usufructo la casa a su amigo antonio antes de morir, pues antonio puede vivir ahí pero no le puede vender la casa a otro.
Yo en tu caso miraría en el Registro de Propiedad si la casa sigue a nombre de tu madre que en paz descanse. Mirar si tiene alguan carga y si consta el usufructo de tu tío.
Una vez hayas hecho esto me avisas y hablmos
miguel
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Quería exponer lo q me pasa. Mi madre tiene un tío q vive en una aldea en lugo. Estaba casado y no han tenido hijos. La propietaria de la casa era ella y el vive en usufructo. Ella no hizo testamento pq no estaba con facultades para hacerlo. En esa casa vivian 3 hermanos, mi abuela q tuvo a mi madre y ella a mi hermana y a mi, y ambas están fallecidas, otro hermano q emigró a Venezuela y q tiene una hija, él tb ha fallecido. Yo entiendo q cuando fallezca este tío de mi madre nos quedará a mi hermana, a la prima de venezuela y yo, aunque él deje por testamento a otra persona ajena a la casa.