En principio si nadie dice nada, el 50% de las cuentas se presume que es tuyo. Luego el otro 50% sería a repartir entre las tres primas si no hay testamento, o entre los herederos testamentarios si lo hay.
Si no hay testamento, o el testamento no corrobora lo que dijo tu tía abuela en vida, tus primas podrían intentar destruir la presunción de que el 50% era tuyo, demostrando que los fondos provienen únicamente de tu tía abuela p.ej. Serían ellas las que tendrían que iniciar acciones legales para ir contra la presunción, y en último término dependería de lo que entendiese el Juez. Esperemos que no haya necesidad de ir a juicio.
Hay que esperar a ver si hay, y qué pone en el testamento. A lo mejor tu tía abuela ya menciona ésto en el testamento y no hay nada de qué preocuparse.
Salvo otra opinión más informada.
Buenas tardes. Ha fallecido una tía abuela con la cual estaba de cotitular en dos cuentas de ahorro. He comunicado a ambos bancos el fallecimiento para que procedan a inmovilizarlas, tal y como dice la ley, y he solicitado las últimas voluntades para saber si hay testamento o no (si no hubiese testamento seríamos herederos mis dos primas y yo). Y no he tocado nada de dichas cuentas.
Mi duda es la siguiente: ¿El 50% de dichas cuentas sería de mi propiedad o el 100% del saldo que esté en ellas correspondería a la masa de la herencia?
Yo no he aportado ni cargado nada a dicha cuenta, pero mi tía quería que estuviese con ella para que, en caso de fallecer, la mitad fuera mía.
¿Me pueden poner alguna pega mis primas (en caso de no haber testamento) o los herederos (en caso de haberlo)? ¿Qué trámites o procedimiento puedo seguir, si hay algún problema, para reclamar este 50%?