Soliciten en el juzgado un ejemplar de folleto "Derechos de los ciudadanos ante la justicia".
Ahí vereis los derechos que teneis y lo que podeis reclamar.
Por supuesto todas las actuaciones deben ser por escrito con copia sellada en el registro del decanato.
En ese folleto no habla de la obligación del ciudadano a nombrar abogado y procurador para que el juzgado le facilite un documento.
Y si no caduca, ¿cuándo Hacienda dice aquí estoy yo para quedármelo todo?, o bien, ¿el momento en el que hay algún listo que reclama el 10% de la herencia? Véase los cazaherencias. Gracias.
Muchas gracias por tu respuesta. Únicamente una cuestión. ¿Sabrías cuándo años tienen que pasar para que una herencia esté caduca porque nadie la reclame? A ver si pasan los años y me olvido de ella. Saludos.
Negativo. Su tia instituye heredero a su marido. Al premorirle los bienes pasan a él. El testamento de el, es inoficioso y por lo tanto es como si no hubiera testado. En este caso los herederos legitimos son los parientes de el y son los unicos con legitimidad para reclamar la herencia.
Algo parecido me paso a mi con el marido de una tia carnal mia sin descendencia.
Tíos con un testamento del uno para el otro. Primero fallece mi tía carnal y luego mi tío no carnal sin testamento. No tienen descendientes. Por parte de mi tía carnal: tres sobrinos. Por parte de mi tío no carnal, no hay hermanos pero puede que hubiera primos lejanos. Desde hace siete años los bienes de ambos nadie "les ha metido mano". El abogado que en su día consultamos cree que son los primos lejanos los herederos. Los primos lejanos creen que son los sobrinos. Ésta es la teoría.
Pregunta: Ya que estos primos lejanos no hacen nada, ¿puede yo intervenir y arrogarme el derecho de la herencia para mí y resto de sobrinos?