Hace 10 años murió mi abuela materna. Tenía 4 hijos, algo más de 12.000€ en el banco, una casa y dos terrenos. Cómo se puede apreciar, suficiente para dejar algo a cada uno de ellos. No fue así, al parecer. A ciencia cierta solo sabemos que mi abuela firmó un papel pero nadie sabe que firmó exactamente porque nadie nos ha enseñado nada. La cuestión: dos de sus cuatro hijos se repartieron el pastel. Según ellos, mi abuela se lo dejo todo a ellos. Mi madre no pudo pedir las últimas voluntades porque el DNI de mi abuela se lo quedo uno de ellos y no se lo facilita a mi madre.
La cuestión es que a mi madre le da igual porque se ha creído que mi abuela no le dejó nada a ella (no tenían mala relación pero mi abuela siempre tuvo favoritismos) pero como sabemos que legalmente no se puede dejar a un hijo desheredado y tenemos dudas de que existiese una donación en vida, queremos saber si mis tíos se han pasado de listos, si legalmente algo así se puede hacer y sobre todo, cual fue la última voluntad de mi abuela.
Decir que mi abuela pasó un mes en el hospital, mi madre la fue a ver a diario y jamás le comentó nada de esto.
Mis tíos han hecho diferentes construcciones en lo que han heredado pero sin pedir ninguna licencia. Ahora los hijos de estos también quieren construir y vivir en estas propiedades "heredadas".
Necesitáis el certificado de defunción y el de ultimas voluntades para pedir el testamento.
Para tener el numero del DNI, podéis ir al hospital y os facilitarán ese dato. Hace 10 años ya existía una informática suficiente para quede almacenado en su base de datos.
Otra opción es que, como sabéis la fecha exacta de su fallecimiento, podéis acercaros al Registro Civil a ver si os pueden dar el certificado de defunción, aunque no sepáis el DNI.
Y la tercera sería en las oficinas del cementerio. Probablemente en su ficha conste.
No se puede donar a nadie más de lo que se puede ceder por testamento, por lo que cuentas es legalmente imposible, que le dejara todo a solo dos. Seguramente no se haya repartido aun la herencia, sino que simplemente se habrán quedado con la vivienda y el dinero sin más, si estaban autorizadas en la cuenta, porque de lo contrario antes de poder haber aceptado la herencia tendría que haberse hecho una declaración de herederos en la que figuraríais sí o sí. Como máximo (fuera en testamento, o mediante donación en vida) podía dejar a estos dos hermanos 10/12 de la herencia, entre los dos; a los otros dos que no han visto nada les corresponde como mínimo 1/12 a cada uno, el correspondiente a su legítima estricta.
Enteraos primero de qué ha pasado, tal y como os dice 1996.
Lo cierto es que una abogada estuvo en el hospital y mi abuela firmó algo. Pero esa misma abogada le pregunto a mi tía (a la que no le ha tocado nada) que si mi madre y ella no iban a hacer nada, que si iban a dejar las cosas así... Así que deduzco que el único papel que tiene mi tía es el de autorización para acceder a su cuenta ¿O acaso es posible que fuese otra cosa? Mi tía quería repartir el dinero entre los 4 pero parece que se lo pensaron mejor y decidieron que la tarta es más grande si se divide entre 2 que entre 4.
Solo una cosa más: ¿Existe la posibilidad de que se registren esas propiedades como suyas o que lo hagan los primos? Mi madre no quiere meterse en historias y juicios pero tampoco quiere que tengan la propiedad a base de mentiras y engaños (otra cosa sería si esa fuese la voluntad de mi abuela, que no la sabemos). El recibo del IBI viene a nombre de mi abuela y de mi bisabuela, aunque pase por sus cuentas. No sé si eso en un futuro, junto con las construcciones que puedan hacer, les puede otorgar más derecho. ¿Por qué nunca llegó el impuesto de donaciones y sucesiones? ¿Y las plusvalías?
Espero que alguien pueda resolverme esas últimas cuestiones. Estoy muy agradecida por la información.
¿Cómo que por qué nunca llegó el impuesto de sucesiones, o la plusvalía? Ese impuesto no "llega", como el IBI o el IVTM (que tienen el nombre y dirección del titular, no así de los herederos); tienes que ir tú de motu propio a pagarlo, no vas a tener a nadie detrás diciéndote que tienes que heredar esto o lo otro. Si no lo pagas igual prescribe y te libras, o te llegará una propuesta de cobro con sanción cuando menos te lo esperes.
Primero entérate de qué ha pasado. Lo más probable es que ni siquiera se haya tramitado la herencia, aun esté sin repartir, sin declaración de herederos, y ya estés echando pestes de tus hermanos. Id al notario con los papeles que te han indicado y solicita a ver si hay testamento, si se ha tramitado la herencia, y si no inicia los trámites.
Pues desde la ignorancia he dicho que no ha llegado refiriéndome a que no ha llegado ninguna propuesta de cobro del Impuesto de donaciones. Repito: desde la ignorancia.
Lo siguiente es que no echo pestes de mis hermanos porque son mis tíos, como he explicado. Lo que ha pasado es que directamente se han quedado toda la herencia de mi abuela porque ellos dicen que mi abuela se las dejo a ellos y ya está. No nos facilitan su DNI, ni su certificado de defunción, ni obviamente van con nosotros a ningún notario. No tenemos prueba de que mi abuela les haya dejado absolutamente nada. Dicen que mi abuela a mi madre no le dejó nada y ya está cuando está claro que legalmente eso es imposible.
Intentaré seguir los consejos que me ha dado 1996 con toda su buena fe, pero estamos casi convencidos de que mi abuela no hizo testamento.
Buen día Cotorilla, ha dejado pasar mucho tiempo sin hacer nada (10 años) y si sus tíos no le facilitan documentación alguna, negándole incluso el DNI de su abuela, en principio, hay indicios de una actuación irregular y usted debería actuar cuanto antes.
Lo primero sería, tal y como le ha informado 1996 y Paquito Xocolatero, informarse si su abuela otorgó o no testamento. Si no lo hizo, tal y como usted sospecha, deberá acudir a un notario e inciar un expediente de declaración de herederos ab intestato para lo cual deberá acreditar tanto el fallecimiento de su abuela como que ésta no otorgó testamento.
Si no hay testamento no pasa nada (mejor incluso), será una herencia ab intestato, os corresponderá 1/4 a cada hijo y los pasos que te han dicho son los mismos.
No se puede "no dejar nada" a un hijo, salvo desheredación por cosas serias (del tipo de que la intentaran matar o la obligaran a irse a vivir debajo de un puente). Obviamente os están engañando, supongo que porque no habrán tramitado la herencia y mientras tanto ya les va bien, disfrutar ellos de los bienes. Pero lo que cuentan es completamente irregular, y legalmente es imposible que sea lo que dicen, pero si no la movéis los interesados no la va a mover nadie.