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herencia sin testamento, negativa a la división

7 Comentarios
 
Herencia sin testamento, negativa a la división
perfil noa
15/12/2005 14:50
Hola: Me podía ayudar alguien?
Una persona q falleció en el 98,sin testamento y deja viuda y tres hijos.Una de las hija es del matrimonio y los otros dos son de un anterior matrimonio del causante.El matrimonio estaba casado en regimen de gananciales,el problema es que muchos de los bines fueron adquiidos durante el matrimonio y,los dos hijos habidos en el anterior matrimonio pretenden heredar por igual,es decir lo del matrimonio dividido entre tres.
Actualmente se niegan a hacer el reparto, q se puede hacer? Al no dejar testamento la viuda no tendría derecho al usufrufcto del tercio de la mejora?Pues se vendió una finca y no se le pidió consentimiento ni se le repartió nada.
Cómo puedo hacer para solicitar el reparto de la herencia,negandose ellos?
Gracias
15/12/2005 15:31
Estimada Noa:

Vayamos por partes... Al fallecimiento del causante, lo primero es liquidar la sociedad de gananciales. Lo que corresponda al causante sí que habría que dividirlo entre los 3 hijos. Y al concurrir la viuda con desdendientes, ésta tendrá el usufructo del tercio destinado a mejora, como muy bien apuntas. En este punto, entraría enjuego el 839 del CC, que dispone que "los herederos podrán satisfacer al cónyuge su parte de usufructo, asignándole una renta vitalicia, los productos de determinados bienes, u un capital en efectivo, procediendo de mutuo acuerdo y, en su defecto, por virtud de mandato judicial.

Mientras esto no se realice, estarán afectos todos los bienes de la herencia al pago de la parte de usufructo que corresponda al cónyuge."

A mi entender, por tanto, y salvo opinión en contra, habrá primero que disolver y liquidar la sociedad de gananciales, después proceder a la declaración de herederos, posteriormente realizar la aceptación de la herencia y la división, para calcular el usufructo y los tercios correspondientes para ver si la venta de esa finca ha gravado el usufructo viudal o no. Aunque teniendo en cuenta el 839.2 no se debería haber procedido a la venta hasta tanto en cuanto no se aclaren los términos anteriores.

Si los herederos no llegan a acuerdo en cuanto al reparto del caudal hereditario, acude al proceso judicial de división de herencia.

Un saludo.
perfil noa
15/12/2005 15:44
Primeramente muchas gracias por tomarte la molestia de contestarme Ana.
En segundo lugar,me guataría q me confirmes si para disolver y liquidar lla soc. de gananciales hay q acudir al juzgado o,por el contrario se puede realizar ante notario?Lo tendría q pedir el conyuge viudo?
Hay posibilidad de impugnar esa venta?
15/12/2005 21:07
Estimada Noa:

La sociedad legal de gananciales ya está disuelta al haberse disuelto el vínculo matrimonial por el fallecimiento de uno de los cónyuges. Para su liquidación, remitirte a los arts. 1396 y ss del CC.

En cuanto al procedimiento:

- si hay acuerdo, pues tú misma puedes hacerles el inventario y la liquidación y adjudicación y llevarlos a Notaría y Registro de la Propiedad, en su caso.

- si no hay acuerdo, te remito a lo dispuesto en los arts. 806 y ss LEC. En este caso, habría que acudir a la vía judicial.

Un saludo.
16/12/2005 10:41
Lo que tengo claro, es que los dos hijos que no son del actual matrimonio, no tienen parte en el 50 % que le pertenece por gananciales a la viuda (de los bienes adquiridos por el matrimonio).
16/12/2005 11:42
Estimado Lavo:

Como muy bien dices, los dos hijos del anterior matrimonio no tendrán parte en el 50% de la viuda cuando ésta fallezca, pero hay una excepción. No tomarán parte siempre y cuando la viuda no los haya reconocido por algún acto formal dándole sus apellidos. Por ejemplo, reconocimiento de hijos efectuado a través de testamento, caso en que sí participarían de la herencia de la viuda.

Un saludo.
perfil noa
16/12/2005 11:54
Ana no es el caso,aunq la viuda siempre los trató como hijos ,pq se quedaron sin mardre cuando eran unos niños; El problema está en que antiguamente las cosas se hacian mal, compraventas de palabra, intercambios de fincas entre parientes,vecinos,..sin papelesy, ahora lo q se pretende es ,q ante las dudas, todo sea ganancial, hay testigos de esas compra-ventas,cambios ect de capitales ..pero es gente muy mayor y no quieren problemas.

Muchas gracias por vuestro interés
16/12/2005 13:11
Estimada Noa:

En el régimen legal de gananciales, se presume la ganancialidad de los bienes, salvo prueba en contra. Si no hay papeles por medio, sólo nos queda la vía testifical. Es una cuestión de prueba e intentar convencer a esos testigos.

Un saludo.