En este caso parece que no hay Registro de la Propiedad, "ni para Ud, ni para sus tíos", puesto que no están inmatriculadas las fincas.
Plantea Ud una cuestión de prueba acerca de la propiedad de esas fincas hace años, y ahí no podemos nadie decir si habrá o no información en un Ayuntamiento o en alguna institución. Tendrá Ud que hacer su investigación.
Claro que a sus tíos puede pedirles que aporten los títulos de propiedad de la causante. Pero, como en caso de que no lo hagan, tendría Ud que llegar a los Tribunales, conviene que estudie un poco la situación:
- qué tierras cree Ud que podrían haber sido de su abuelo;
- cómo podría probarlo, aunque fuese indiciariamente (sus testigos ¿son sólidos y convincentes?)
- cuál es la diferencia de valor en la herencia que recibiría Ud, si se reconocieran como propiedad de su abuelo las fincas que Ud cree que le pertenecían.
Con esto puede Ud hacerse una idea, sobre todo, de si le va a compensar ir a juicio.
Sé que legalmente sólo es válido la escritura o el registro de la propiedad y entiendo, con sus palabras, que ni el ayuntamiento ni ningún otro organismo tiene información pasado tanto tiempo ¿correcto?
Me aconseja en este caso aceptar la legítima o exigir al representante de mis tios que aporten documentación de que todo perteneció a los padres de mi abuela, ya que va a constar así en esta escritura y lo deberé firmar si quiero arreglar esto, pese a no estar de acuerdo, pero sin poder acreditarlo logicamente.
Esa clausula dice que las propiedades son privativas. No se hace ningún reconocimiento de que puedan proceder de su abuelo, y por tanto estarían sujetas a las condiciones del testamento.
Si son propiedades no inmatriculadas, veo complicado poder acreditar a quién pertenecían hace 40 años.
Herencia sin escrituras, cómo se si es legítima o a partes iguales
Buenos días. Mi caso es el siguiente:
Tras fallecer mi abuela soy heredero, junto con mis 2 tios (hermanos de mi padre que falleció 5
años antes que mi abuela y con los que tengo mala relación), de varias propiedades. Pero años
antes de morir mi abuela cambió el testamento para dejarme la legítima y el resto a sus 2 hijos
vivos (mis tios). Mi abuela tenía propiedades provenientes de sus padres pero algunas, me
consta según dicen vecinos del pueblo, venían de mi abuelo fallecido hace mucho, más de 40
años.
¿Como puedo justificar que algunas tierras provenían de mi abuelo y, por tanto, no me pertenece
la legítima, sino un 1/3 de las mismas? ¿Es posible hacer algo pasado tanto tiempo de la muerte
de mi abuelo? ¿Donde debería preguntar?
He intentado resolverlo amistosamente, el abogado de ellos se ha encargado de hablar con el
Notario y en el borrador de escritura que han hecho pero que todavia no voy a firmar pone la
siguiente nota, donde no estoy de acuerdo con la propiedad de las fincas:
TÍTULO de las fincas descritas bajo los números 1
a 27.-
Le pertenecía al causante, con carácter privativo,
por herencia de sus padres fallecidos hace más de diez
años, careciendo de titulación escrita e inscrita
circunstancias de que les advierto, liberándome a mí, el
Notario de cualquier otra responsabilidad al efecto.
INSCRIPCIÓN.- Las fincas descritas no constan
inmatriculadas, según resulta de la manifestación de la
compareciente, respecto de lo cual, yo, el Notario, les
advierto de los trámites necesarios para su inmatriculación
a través de cualquiera de los medios previstos en los
artículos 199 de la Ley Hipotecaria y 299 del Reglamento
Hipotecario.